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13 de abril de 2026 - 15:30 País.

YPF: Estados Unidos suspendió las apelaciones y refuerza la decisión favorable a la Argentina

La Cámara de Apelaciones de Nueva York dejó en suspenso todas las apelaciones del caso YPF y canceló una audiencia clave mientras avanza el fallo favorable a la Argentina.

La Cámara de Apelaciones de Nueva York decidió suspender todas las apelaciones vinculadas al expediente de YPF hasta que quede firme su reciente decisión, que dejó sin efecto la condena que obligaba al país a pagar unos 16.000 millones de dólares por la estatización de la petrolera.

Además, el tribunal canceló la audiencia que estaba prevista para el 16 de abril, en la que se iban a analizar distintas apelaciones relacionadas con el caso. Entre ellas figuraba la presentada por la Argentina contra la orden de la jueza Loretta Preska, que había dispuesto la entrega de acciones de la empresa a los acreedores.

La medida fue interpretada como una consecuencia directa del reciente fallo favorable al Estado argentino. Sebastián Soler, ex subprocurador del Tesoro, sostuvo que la Cámara de Nueva York “sigue tomando las medidas lógicas derivadas de su fallo favorable a la Argentina” y remarcó que el tribunal decidió dejar en pausa todas las demás apelaciones hasta que esa resolución quede firme.

YPF

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Qué pasa ahora en la causa por YPF

El próximo paso dependerá de los recursos que todavía puede intentar Burford Capital, el principal beneficiario del litigio. Según Soler, se trata de una instancia que aparece “muy cuesta arriba” para el fondo.

Días atrás, Burford pidió que se extienda hasta el 8 de mayo el plazo para solicitar una revisión de la decisión que favoreció a la Argentina. Como argumento, señaló que su abogado principal, Paul Clement, tiene compromisos profesionales y personales que le dificultan preparar esa presentación en el plazo originalmente previsto.

Tras conocerse el revés judicial, el fondo inglés expresó su malestar en un comunicado. Allí aseguró que la decisión del Segundo Circuito fue “muy decepcionante” y la calificó como un apartamiento de los derechos de los accionistas minoritarios de la Bolsa de Nueva York.

Sin embargo, Burford también reconoció que litigar este caso en tribunales estadounidenses siempre implicó un riesgo. En ese marco, dejó abierta la posibilidad de avanzar por otra vía legal, al señalar que un arbitraje bajo tratado de inversión sigue siendo una perspectiva viable si no logra revertir el fallo.

Los argumentos del tribunal que beneficiaron a la Argentina

En términos generales, la decisión de la Cámara sostuvo que el Congreso argentino y las leyes que dicta tienen prevalencia sobre el estatuto de YPF y sobre el de cualquier otra empresa.

La mayoría del tribunal entendió que, según la legislación argentina, los estatutos de una sociedad anónima tienen un carácter de organización interna y no constituyen contratos bilaterales exigibles entre accionistas privados y el Estado. Ese punto fue clave para rechazar la idea de que la expropiación hubiera generado automáticamente una obligación contractual indemnizable entre la Argentina y los accionistas privados.

En el fallo, la Cámara revisó la sentencia final del tribunal de distrito del sur de Nueva York, que había derivado en una indemnización conjunta de 16.100 millones de dólares a favor de accionistas minoritarios de la empresa. Tras analizar las apelaciones, concluyó que los reclamos por daños por incumplimiento de contrato no son reconocibles bajo la ley argentina y que las restantes pretensiones de los demandantes tampoco tenían sustento suficiente.

A lo largo del proceso, Burford impulsó distintas estrategias para presionar al Estado argentino. Entre ellas, pidió que el país fuera declarado en desacato, reclamó la transferencia de las acciones estatales en YPF e intentó demostrar la existencia de un supuesto “alter ego” entre la petrolera, otras compañías, organismos públicos y el propio Estado.

Con esta nueva resolución, la Justicia de Estados Unidos vuelve a darle aire a la estrategia argentina y posterga nuevas discusiones hasta que el fallo favorable quede definitivamente firme.

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