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24 de marzo de 2020 - 19:32 Ingreso Familiar de Emergencia

Pandemia: empleadas domésticas en blanco recibirán el dinero

Cuando se anunciaron las nuevas medidas económicas por la pandemia de coronavirus, no estaban incluidos dentro del beneficio.

Inicialmente todo aquel personal doméstico registrado o no, estaba excluido de recibir el Ingreso Familiar de Emergencia de $10 mil pesos anunciado por el gobierno nacional por la pandemia del coronavirus. Esto generó un fuerte impacto negativo en la sociedad, por lo que el gobierno decidió dar marcha atrás e incluirlos dentro del beneficio.

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Para poder recibir la ayuda, el empleado/a o algún otro miembro del grupo familiar no debe trabajar en relación de dependencia en el sector privado o público. Tampoco debe ser jubilado o pensionado, ni monotributista de una categoría superior a la "C" ni cobrar planes sociales. En tanto, sí es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

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Según el último dato del INDEC, en hogares privados con servicio doméstico hay 1.730.000 puestos de trabajo, de los cuales 515.000 están registrados y 1.214.000 son no registrados o informales.

Hay que aclarar de todas formas que este beneficio de diez mil pesos no reemplaza el salario de las empleadas registradas. En estos casos, en los cuales los empleadores siguen pagando el salario, la ayuda constituye un ingreso adicional y no sustituye el sueldo.

El subsidio será percibido por un solo integrante del grupo familiar durante el mes de abril. Según explicó Alejandro Vanoli, titular de la ANSeS, en los próximos días, a principios de abril, va a estar el aplicativo para inscribirse desde cualquier celular o computadora.

Los beneficiarios de la AUH no tienen que hacer ningún trámite. Van cobrar en sus cuentas. El resto, incluidos los monotributistas, deberá inscribirse a través de la web y registrar una CBU bancaria. Los que no tienen cuenta bancaria podrán percibirlo a través del correo.

Este subsidio, para los que tienen entre 18 y 65 años, es para los argentinos nativos/as o naturalizados/as y residentes con una residencia legal en el país no inferior a 2 años. Y comprende a personas desocupadas, quienes se desempeñan en la economía informal, monotributistas de las categorías “A” y “B”, monotributistas sociales y trabajadores y trabajadoras de casas particulares.

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