Las vacaciones 2021 son vistas para muchos como la única oportunidad para reflotar algo de las economías locales de este año, mientras tanto el gobierno nacional anuncia disposiciones puntuales para el ingreso y egreso de personas al país.
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Para las vacaciones 2021 el Gobierno define las cuarentenas
El Gobierno Nacional emitió el Decreto 945/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial donde se establece la potestad para decidir el ingreso de turistas o pasajeros al país y en qué casos deberán cumplir con los 14 días de aislamiento obligatorio.
El documento, firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de gabinete, Santiago Cafiero, y todos los ministros, modificó puntualmente el artículo 7 del DNU N° 260/20, que amplió la emergencia pública en materia sanitaria por un año como consecuencia de la llegada del COVID-19 al país y teniendo presente las vacaciones 2021 y la necesidad de repunte económico nacional.
Con este cambio, ya no serán todos los que ingresen al país quienes deberán cumplir con el aislamiento obligatorio, sino que las autoridades sanitarias o migratorias locales podrán hacer “excepciones” con algunas de las personas que entren al territorio nacional y permitirles quedar exceptuados del cumplimiento de la cuarentena, “siempre que den cumplimiento a las condiciones que estas establezcan”.
Esta norma regirá para “quienes arriben al país habiendo transitado por zonas afectadas” por la pandemia, por lo que el texto no se hace diferencia entre ciudadanos argentinos y extranjeros, al igual que ocurría con la medida anterior, la que dispuso la obligatoriedad del aislamiento para todos los que ingresaran desde el exterior.
Por otro lado, se ratificó que “no podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo las excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria”, sea por vacaciones o situaciones particulares.
Entre los considerandos, el Gobierno señaló que esta decisión se tomó “en función de la situación epidemiológica actual” y aseguró que los cambios dispuestos “son razonables y se adoptan en forma temporaria, toda vez que resultan necesarias para proteger la salud pública de la población”.
Esta misma semana, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) detalló la serie de requisitos obligatorios para las personas que ingresen a la Argentina desde países vecinos, en medio de las restricciones sanitarias por la pandemia del coronavirus.
- Están obligados a presentar una Declaración Jurada electrónica, 48 horas antes del viaje, en lo que certifiquen la ausencia de síntomas compatibles con el coronavirus Covid-19
- En el caso de los extranjeros, también tienen que presentar un hisopado negativo de no más de 72 horas de antigüedad.
- Las únicas personas habilitadas para ingresar o salir del país son argentinos nativos y extranjeros residentes en Argentina,
- Por razones turísticas sólo pueden ingresar los extranjeros nativos o con residencia en países limítrofes que lo hagan provenientes desde esos países únicamente a través del aeropuerto de Ezeiza, o Buquebús.
- En todos los casos, los extrajeron deberán presentar previamente la Declaración Jurada, de carácter obligatorio, como así también un seguro médico Covid y un análisis PCR negativo, de hasta 72 horas previas.
- En cuanto a la Declaración Jurada, los únicos ciudadanos exceptuados de realizarla de manera electrónica son los mayores de 76 años, quien en ese caso son asistidos por personal de la DNM para su presentación en los mencionados puntos de ingreso al país.
En ese sentido, se aclaró que "el no cumplimiento de los requisitos, además de la prohibición al ingreso a la Argentina, prevé multas a las compañías aéreas y empresas que permitan el tránsito de personas sin la documentación exigida".
Tanto en Ezeiza como en la terminal fluvial, al igual que en los ingresos terrestres, continuaban en función los protocolos sanitarios coordinados con el Ministerio de Salud que garantizan el control de temperatura a través de las cámaras térmicas desplegadas en esos lugares y las medidas de distanciamiento social, tendientes a minimizar los riesgos de contagios.
Por otro lado, las personas argentinas nativas o extranjeras residentes en nuestro país que ingresen, además de completar la Declaración Jurada electrónica, también debe constar el domicilio donde realizarán la cuarentena obligatoria, dato es informado en tiempo real por Migraciones a los gobiernos provinciales para que controlen el efectivo cumplimiento de la medida de aislamiento.