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22 de abril de 2026 - 13:15 Política.

Ficha Limpia en Argentina: qué provincias ya la aplican

Javier Milei volvió a impulsar Ficha Limpia, pero al menos ocho provincias ya tienen leyes vigentes. Jujuy la aplica desde 2022.

El anuncio del presidente Javier Milei de volver a impulsar Ficha Limpia a nivel nacional reabrió un debate que en varias provincias ya está saldado. De acuerdo con el relevamiento en fuentes legislativas y oficiales, hoy son ocho las provincias argentinas que ya cuentan con una ley vigente de este tipo: Chubut, Mendoza, Salta, Jujuy, San Juan, Santa Fe, Río Negro y Córdoba.

En la mayoría de esos casos, la norma apunta a impedir que personas condenadas por determinados delitos puedan postularse a cargos electivos.

Qué provincias ya tienen ficha limpia y desde cuándo

El mapa provincial muestra avances en distintos años. Chubut fue la pionera y su propia Legislatura recordó que tuvo Ficha Limpia desde 2020. Mendoza la aprobó también en 2020. Salta la sancionó en 2021. Luego se sumaron Jujuy, San Juan y Santa Fe en 2022. Más recientemente, Río Negro y Córdoba la aprobaron en 2024.

Ese recorrido muestra que el debate no arrancó ahora con la Casa Rosada, sino que varias legislaturas provinciales ya avanzaron por su cuenta con distintos alcances y redacciones.

Legislatura de Jujuy

Durante el debate en el recinto, y con la presencia de 43 diputados, quedó establecido que ciudadanos condenados no puedan acceder a cargos electivos. Asimismo, la aprobación de esta ley modifica el articulo 49 de la Ley Orgánica de los partidos politicos y el artículo 39 del Código Electoral de Jujuy. (imagen de archivo)

Cómo funciona la ley de ficha limpia en Jujuy

En Jujuy, la Ficha Limpia quedó establecida por la Ley 6271, publicada en el Boletín Oficial el 6 de mayo de 2022. La norma modificó el artículo 39 del Código Electoral provincial y fijó nuevos requisitos para ser candidato a cargos electivos.

La ley jujeña establece que no pueden ser candidatos a cargos provinciales, municipales o de comisiones municipales quienes tengan sentencia judicial en segunda instancia, mientras dure la condena o hasta que eventualmente sea revocada.

Además, la norma no se limita a un solo tipo penal. El texto incluye distintos delitos contemplados en la legislación y amplía el filtro para el acceso a candidaturas en la provincia.

Respetando el Pacto San José de Costa Rica, no podrán ser candidatos a cargos electivos municipales, provinciales o internos de cada partido, quienes tengan una sentencia judicial en segunda instancia mientras dure la condena o su eventual revocación.

Esto será vigente para los siguientes delitos:

De esta manera, los partidos políticos o alianzas electorales deberán exigir a todos los candidatos titulares y suplentes el Certificado de Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, lo que deberá ser presentado junto con las listas.

Ficha Limpia el 7 de mayo de 2025

El Senado rechazó Ficha Limpia el 7 de mayo de 2025

Ficha Limpia en su paso por el Senado

El 7 de mayo de 2025, el Senado rechazó el proyecto de ley “Ficha Limpia”

El Senado de la Nación rechazó el proyecto de ley “Ficha Limpia”, con una votación de 36 votos afirmativos, 35 negativos y 0 abstenciones. La iniciativa, que buscaba prohibir la postulación de personas condenadas por delitos relacionados con la administración pública, no alcanzó la mayoría necesaria para su aprobación, lo que generó fuertes reacciones entre los legisladores.

El proyecto había generado un amplio debate en la Cámara Alta, con posturas divididas entre quienes consideraban que la ley fortalecería la transparencia y la ética en la política, y aquellos que argumentaban que vulneraba derechos fundamentales y resultaba insuficiente para abordar los problemas estructurales de la corrupción en el país.

Ficha Limia: propuesta 2026

La propuesta oficial apunta a impedir que puedan ser candidatos quienes tengan una condena confirmada en segunda instancia por delitos dolosos. Según trascendió, el criterio será temporal, se aplicará si el fallo queda firme antes del 31 de diciembre previo al año electoral. Si la condena se confirma después de esa fecha, el impedimento regirá recién una vez finalizado el proceso electoral.

A diferencia del proyecto que cayó en en el Senado, esta versión ampliaría el alcance, ya no se limitaría a delitos contra la administración pública, sino que incluiría otros delitos graves. En ese punto, el Ejecutivo toma elementos de iniciativas impulsadas por sectores de la oposición, que venían presionando para reactivar el debate.

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