ver más
25 de septiembre de 2026 - 16:54 Política.

La Cámara Penal porteña dejó sin efecto el fallo contra la baja de la edad de imputabilidad

La Justicia porteña revocó este viernes el fallo de la jueza Laura Beatriz De Marinis, quien había declarado inconstitucional la baja de la edad de punibilidad.

La Sala III de la Cámara de Casación porteña dejó sin efecto el fallo de Laura De Marinis que había declarado inconstitucional, para ese caso, la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil y sobreseído a un adolescente de 14 años.

La Cámara Penal porteña dejó sin efecto el fallo contra la baja de la edad de imputabilidad

Además de revocar el fallo de primera instancia, la Cámara confirmó la validez constitucional de la norma y apartó a la jueza De Marinis del caso. Ahora, otro magistrado deberá hacerse cargo del expediente y podrá investigar al adolescente de 14 años por la tentativa de robo.

El fallo de la Cámara siguió el criterio planteado por la fiscal Sandra Verónica Guagnino, quien había pedido revocar la resolución de De Marinis. La fiscal también había avalado el recurso presentado por la fiscalía de primera instancia, que cuestionó el sobreseimiento y solicitó que la decisión fuera anulada.

El caso fue analizado por la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad, integrada por Ignacio Mahiques, Martín Larocca y Fernando Franza

La intervención del tribunal se produjo luego de que Mauro Tereszko y Paula Raffa Pirra, fiscales de la Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil (UFEPJ), apelaran la resolución de primera instancia.

Los tres integrantes de la Sala III coincidieron en la resolución. El voto principal estuvo a cargo de Ignacio Mahiques y fue acompañado “en su totalidad” por la jueza Martín Larocca. En tanto, Fernando Franza se pronunció por separado, con argumentos propios, pero arribó a la misma conclusión.

El inicio del caso

El conflicto judicial comenzó cuando De Marinis, a cargo del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N°3, consideró inconstitucional la aplicación, en este caso, de la norma que establece los 14 años como edad mínima de responsabilidad penal.

En ese contexto, De Marinis había ordenado el sobreseimiento del adolescente de 14 años investigado por un hecho ocurrido el 10 de septiembre. Según consta en la causa, un hombre de 47 años caminaba por la Ciudad de Buenos Aires cuando fue seguido por un grupo de adolescentes. Al advertir la situación, pidió asistencia a un policía y la intervención de los efectivos evitó que se concretara el robo.

La jueza De Marinis sostuvo que su decisión alcanzaba únicamente al caso analizado y no cuestionaba en términos generales la validez del nuevo Régimen Penal Juvenil. Entre los argumentos expuestos, mencionó la situación social del adolescente, que no asistía a la escuela y tenía dificultades para alimentarse.

Según explicó, avanzar con un proceso penal podía tener efectos regresivos y estigmatizantes sobre el joven.

Al explicar los alcances de su decisión, De Marinis aseguró: “No es un mensaje de impunidad”. La jueza señaló además que la nueva normativa seguía vigente y que estaba siendo aplicada a otros adolescentes involucrados en el mismo hecho.

El nuevo Régimen Penal Juvenil, creado mediante la Ley 27.801, establece los 14 años como edad mínima de responsabilidad penal y comenzó a regir el 5 de septiembre.

Copyright © Todo Jujuy Por favor no corte ni pegue en la web nuestras notas, tiene la posibilidad de redistribuirlas usando nuestras herramientas. Derechos de autor reservados.
Temas
Seguí leyendo

Lo destacado

EN VIVO