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9 de octubre de 2026 - 06:55 Sociedad.

Matrimonio o Unión Convivencial: qué derechos cambian ante la ley

Matrimonio y Unión Convivencial tienen diferencias legales en los bienes, la vivienda, la separación y los derechos hereditarios.

Las formas de construir una familia cambiaron y cada vez más parejas optan por convivir sin casarse. Sin embargo, elegir entre el matrimonio y la unión convivencial no es solamente una decisión personal: también implica diferencias legales que pueden tener consecuencias económicas y familiares.

En una entrevista con Canal 4, la abogada de familia Adriana Bargas (MP 3858) explicó los principales aspectos que deben tener en cuenta las parejas antes de elegir cómo formalizar su vínculo y por qué es importante recibir asesoramiento legal.

Matrimonio y unión convivencial: dos figuras con diferentes efectos legales

La abogada señaló que las nuevas formas de organización familiar se vinculan, en parte, con la búsqueda de mayor flexibilidad jurídica. “De a poco se va desterrando este primer instituto del matrimonio, pero en realidad coexisten a la fecha”, explicó, en referencia a la convivencia entre ambas figuras dentro del Código Civil y Comercial.

La diferencia más importante aparece en las consecuencias jurídicas de cada vínculo, especialmente en materia patrimonial, protección de la vivienda y derechos ante una eventual separación o fallecimiento.

Bienes y patrimonio: una de las principales diferencias

Uno de los puntos centrales de la entrevista fue el tratamiento de los bienes que las parejas adquieren durante la relación. Bargas explicó que, en el matrimonio, el régimen patrimonial elegido puede contemplar la comunidad de ganancias. En cambio, en la unión convivencial, si no existe un acuerdo diferente, cada integrante conserva los bienes a su nombre.

“En la unión convivencial lo que se genera en ese tiempo de unión no es de ambos, sino de cada una de las partes. No es ganancial” “En la unión convivencial lo que se genera en ese tiempo de unión no es de ambos, sino de cada una de las partes. No es ganancial”

Esto significa que la convivencia no convierte automáticamente en propiedad compartida todos los bienes adquiridos durante la relación. Por eso, resulta importante conocer la titularidad de los bienes y prever cómo se resolverían las cuestiones económicas ante una ruptura.

Pactos de convivencia: acuerdos para organizar la vida en común

La unión convivencial permite establecer acuerdos escritos para organizar distintos aspectos de la vida familiar. Estos pactos pueden contemplar cómo se distribuirán los gastos del hogar, qué ocurrirá con la vivienda ante una separación y determinadas compensaciones económicas.

La abogada explicó que una pareja puede acordar, por ejemplo, que uno de sus integrantes se haga cargo de los gastos escolares y el otro de las vacaciones o la recreación. También pueden establecer pautas para la atribución del uso de la vivienda familiar en caso de que la convivencia termine.

Estos acuerdos deben respetar los límites establecidos por la ley y, para que tengan los efectos correspondientes frente a terceros, deben cumplir con los requisitos de formalización e inscripción que correspondan.

La protección de la vivienda familiar

Otro de los aspectos destacados por Bargas fue la protección del hogar compartido. En una unión convivencial inscripta, uno de los integrantes no puede disponer de los derechos sobre la vivienda familiar sin el asentimiento del otro, en los términos previstos por la ley.

La especialista destacó la importancia de esta protección para evitar que una persona pueda vender o disponer unilateralmente del hogar familiar sin considerar los derechos de su pareja.

Obra social y responsabilidades con los hijos

Durante la entrevista también se abordó la cobertura médica. La abogada explicó que la incorporación de una pareja conviviente como adherente a una obra social depende de la presentación de la documentación exigida y de los requisitos de cada cobertura.

En cuanto a los hijos, la separación de los adultos no elimina las responsabilidades parentales. Las obligaciones vinculadas al cuidado personal y a la relación entre madres, padres e hijos deben contemplarse independientemente de que la pareja haya estado casada o haya tenido una unión convivencial.

¿Qué sucede cuando termina una unión convivencial?

La ruptura puede producirse por decisión de ambos integrantes, por voluntad de uno de ellos, por matrimonio o por otras causas previstas legalmente, entre ellas el fallecimiento. Bargas recomendó dejar constancia formal del cese de la convivencia para evitar dificultades posteriores y establecer con claridad desde cuándo se produjo la separación.

“Es importante esa fecha porque a partir de ahí comienzan a entrar en vigencia una serie de plazos para poder reclamar” “Es importante esa fecha porque a partir de ahí comienzan a entrar en vigencia una serie de plazos para poder reclamar”

Entre esos reclamos puede encontrarse la compensación económica, cuando se cumplen los requisitos legales. La normativa establece un plazo de caducidad de seis meses para iniciar ese reclamo desde que se produce alguna de las causas de finalización previstas en el Código Civil y Comercial.

Herencia: qué derechos tiene la pareja conviviente

Uno de los puntos más importantes de la entrevista fue qué ocurre cuando fallece una persona que mantenía una unión convivencial, especialmente si tuvo un matrimonio anterior y tiene hijos.

La especialista remarcó que la unión convivencial no otorga, por sí sola, derechos hereditarios automáticos. Esto la diferencia del matrimonio, que sí reconoce derechos sucesorios al cónyuge sobreviviente bajo las condiciones establecidas por la ley.

La posibilidad de beneficiar a una pareja conviviente mediante un testamento depende de las reglas sucesorias y de los derechos que la ley reserva a los herederos legitimarios. Además, la normativa contempla supuestos específicos de protección de la vivienda para el conviviente sobreviviente.

Por eso, la planificación patrimonial y el asesoramiento profesional pueden resultar fundamentales para evitar conflictos familiares y conocer las alternativas legales disponibles.

El asesoramiento legal, antes de tomar decisiones

Al finalizar la entrevista, Bargas dejó una recomendación para quienes están por casarse, comenzar una convivencia o reorganizar su vida familiar después de una separación.

“El abogado no se consulta solamente cuando hay divorcio, sino antes, para organizar y prever”, concluyó la especialista.

La elección entre matrimonio y unión convivencial depende de cada pareja, pero conocer sus diferencias permite tomar decisiones informadas y anticiparse a las consecuencias legales que pueden surgir a lo largo de la vida en común.

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