En las últimas jornadas, distintos beneficiarios del programa Progresar de ANSES señalaron que no percibieron el monto correspondiente a marzo. A través de sus canales oficiales, el organismo explicó cuáles podrían ser las razones de este inconveniente. A continuación, los detalles clave para entender la situación.
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¿Por qué no cobré el Progresar en marzo 2026?
En los últimos días, varios beneficiarios del programa Progresar de Anses informaron que no recibieron el pago correspondiente a marzo.
Beca Progresar 2026: por qué no se acreditó el monto de marzo
El programa Progresar, anteriormente denominado “Becas Progresar”, es una ayuda destinada a promover que los jóvenes completen sus estudios y sigan formándose a nivel profesional.
En los últimos días, a través de distintos canales de comunicación, numerosos beneficiarios manifestaron su inquietud y descontento por no haber recibido todavía el pago correspondiente a las prestaciones del mes de febrero.
De acuerdo a lo señalado por ANSES, esta situación podría explicarse por los siguientes motivos:
- Datos desactualizados: la falta de renovación de la información personal cargada en ANSES o en el sistema puede provocar inconvenientes en el cobro.
- Demoras operativas: en determinadas situaciones, los procesos de liquidación del beneficio pueden presentar retrasos.
- Interrupción provisoria del pago: el incumplimiento de las condiciones exigidas por el programa puede derivar en la suspensión temporal del beneficio.
- Ausencia de certificación académica: es indispensable que la institución educativa valide la condición de alumno regular para que el beneficio siga activo.
A continuación, se detallan las condiciones extra que deben cumplirse obligatoriamente para mantener el cobro, de acuerdo a lo establecido por el programa:
Progresar Superior
- Tener nacionalidad argentina —ya sea de origen o por naturalización—, o ser extranjero con residencia legal mínima de cinco años en el país y contar con DNI.
- Para quienes inician sus estudios: tener entre 17 y 24 años.
- En el caso de estudiantes avanzados: el tope de edad se extiende hasta los 30 años.
- Para quienes cursan enfermería: no existe límite etario.
- Los ingresos del estudiante junto con los de su grupo familiar no deben superar el equivalente a tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), salvo en casos de jóvenes que perciban una pensión no contributiva por invalidez bajo el artículo 9 de la Ley 13.478.
- Haber finalizado el nivel secundario sin materias pendientes al momento de anotarse.
- Estar inscripto o cursando en universidades públicas (nacionales o provinciales), institutos universitarios estatales o centros de formación técnica y docente de gestión pública. Existen excepciones para instituciones privadas y para estudiantes de enfermería contempladas en el reglamento.
- Respetar los requisitos académicos fijados por el Programa Progresar.
- Tener el calendario de vacunación completo o en proceso, de acuerdo a la edad.
- Formar parte de las actividades complementarias que establezca el programa.
Progresar Trabajo
- Contar con nacionalidad argentina —de nacimiento o por naturalización—, o ser extranjero con al menos dos años de residencia legal en el país y poseer DNI.
- Tener entre 18 y 24 años de edad.
- El límite se amplía hasta los 35 años en el caso de personas sin empleo formal registrado.
- Los ingresos del solicitante y de su grupo familiar no deben superar el equivalente a tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM); no se computan como parte de esos ingresos las pensiones no contributivas por discapacidad.
- Estar inscripto en un curso de formación profesional o en un trayecto formativo avalado por el Instituto Nacional de Educación Tecnológica y considerado estratégico por el Consejo Nacional de Educación, Trabajo y Producción.
Progresar Obligatorio
- Poseer nacionalidad argentina, ya sea de origen o por naturalización, o ser extranjero con residencia legal mínima de dos años en el país y contar con DNI.
- Tener entre 16 y 24 años al momento del cierre de la inscripción.
- Los ingresos del estudiante junto con los de su grupo familiar no deben superar el equivalente a tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), salvo en casos de solicitantes que perciban una pensión no contributiva por invalidez en el marco del artículo 9 de la Ley 13.478.
- Acreditar la condición de alumno regular.
- Formar parte de las actividades adicionales que disponga el programa.
- Respetar los requisitos académicos fijados en el Reglamento Progresar.
- Tener el calendario de vacunación al día o en proceso, según la edad correspondiente.