Un hombre fue condenado a la pena de 15 años de prisión, por ser penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años. Asimismo, ordenaron el inmediato traslado del condenado al Servicio Penitenciario y establecieron que, una vez firme y consentida la sentencia, se obtengan sus perfiles genéticos a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual.
El hombre identificado como J.B.M fue condenado por abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por la convivencia prexistente y por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima (cuatro hechos), ilícitos perpetrados contra la hija de su entonces pareja en la ciudad de Palpalá.
La sentencia fue dictaminada el pasado 17 de septiembre del corriente año, por el Tribunal con Función de Juicio integrado por los Doctores Mario Ramón Puig, presidente de trámite, María Margarita Nallar y Luis Ernesto Kamada; secretaría cargo del Dr. Ricardo Almaraz. Los magistrados, además, absolvieron a J.B.M del delito de “Corrupción de menores” y un hecho calificado como “Abuso sexual gravemente ultrajante por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima”.
Los hechos
Según la requisitoria de la Fiscalía, J.B.M. fue juzgado por hechos ocurridos en dos domicilios de la ciudad de Palpalá, desde que la víctima tenía 8 años de edad en el año 2010, siendo el último en el año 2023. En aquellos momentos, el acusado, pareja de la madre de la niña, cometía los abusos sexuales contra la menor de edad aprovechando tanto la situación de convivencia preexistente como la ausencia de la progenitora, en oportunidades que la misma se ausentaba del domicilio para ir a trabajar.
Alegatos
Una vez que los jueces resolvieron la culpabilidad de J.B.M., al momento de determinar la pena el fiscal Dr. Javier Sánchez Serantes solicitó 25 años de prisión para el acusado, a lo que adhirió la querella representada por la Dra. Tamara Juárez del Centro de Asistencia a la Víctima. Por su parte, la abogada defensora del condenado, Dra. Sara Cabezas, requirió el mínimo de la pena establecido para los delitos, sin acuerdo con el resolutorio que establece la culpabilidad de su defendido.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la Provincia, lo que será puesto a conocimiento de las partes mediante el sistema de gestión judicial.
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