La venta de carne de burro no está autorizada en Argentina para consumo interno, según explicó Claudia Ancasi, médica veterinaria de Seguridad Alimentaria, en diálogo con Canal 4. La profesional remarcó que no existe normativa nacional que habilite su comercialización dentro del país.
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Está prohibida la venta y consumo de carne de burro en Jujuy
Una veterinaria de Seguridad Alimentaria explicó que la carne de burro no está autorizada para consumo interno en Argentina.
Qué dice la normativa sobre la carne de burro
Claudia Ancasi, médica veterinaria MP 61, explicó que la comercialización de carne de burro “está completamente prohibida dentro del territorio nacional”, ya que no está contemplada en el Código Alimentario ni cuenta con autorización de organismos como SENASA para consumo interno.
“Al no tener autorización, no se puede comercializar ni consumir”, remarcó la especialista. Según detalló, en el ámbito de San Salvador de Jujuy, el municipio está adherido al Código Alimentario, por lo que ante una situación de venta de este tipo de carne corresponde el decomiso del producto y la aplicación de una multa.
Frigoríficos habilitados, pero solo para exportación
Ancasi aclaró que existen frigoríficos autorizados en Argentina para la faena de equinos, ubicados en Santa Fe, Córdoba y Buenos Aires. Sin embargo, señaló que esa habilitación está destinada exclusivamente a la exportación y no al consumo dentro del país.
La profesional explicó que una carne puede tener valor nutricional, pero eso no alcanza para habilitar su venta. “Hay que ver la parte normativa y si esa carne pasó por todos los procesos de inocuidad que requiere para autorizarla”, indicó.
En ese sentido, remarcó que la documentación sanitaria es clave para garantizar que un producto sea apto para el consumo.
Riesgos y controles sanitarios
La veterinaria sostuvo que el problema principal no es solo el tipo de carne, sino la falta de control sobre su origen, faena, traslado y conservación.
“No es fainarlo así en cualquier lugar”, advirtió, al remarcar que debe existir un establecimiento habilitado y documentación que avale que el producto es inocuo.
Además, señaló que algunas localidades podrían haber impulsado resoluciones propias para autorizar el consumo, pero aclaró que esas medidas entrarían en contradicción con el Código Alimentario nacional.