Economía.. 

AFIP informó las nuevas escalas y cuándo vence el plazo para recategorizarse

La AFIP prorrogó hasta el 2 de agosto el plazo para la recategorización de los contribuyentes en el régimen de monotributo.

Por  Redacción de TodoJujuy.com

La AFIP( Administración Federal de Ingresos Públicos) ha prolongado hasta el 2 de agosto el plazo para que los contribuyentes del régimen de monotributo que, debido a su facturación anual, necesiten modificar su categoría, realicen la recategorización correspondiente.

Según la Resolución General N.º 5523/2024, publicada el viernes pasado en el Boletín Oficial, la extensión del plazo fue establecida para proporcionar mayor tiempo a los contribuyentes conforme a la Ley 27.743 (de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”), que incluye los nuevos montos de facturación entre otros beneficios tributarios.

AFIP autorizó el sistema de reintegros para los monotributistas.

Es importante tener presente que la Ley 27.743, conocida como el "paquete fiscal", fue sancionada por el Congreso en conjunto con la Ley de Bases. Esta legislación también introduce modificaciones significativas en el impuesto sobre las Ganancias y en el impuesto a los Bienes Personales.

Nuevas escalas y cuotas del monotributo

Según se detalla en este informe, el paquete fiscal introduce modificaciones al régimen de monotributo en su artículo sexto. Con la nueva normativa, se fija un tope de facturación de $68 millones anuales para la categoría superior, lo que representa un incremento notable respecto al límite actual de $16 millones.

La nueva normativa también prevé que los pequeños contribuyentes que hayan cambiado al régimen de trabajadores autónomos durante este año debido a exceder el límite de facturación puedan volver al monotributo, una sola vez.

Nueva escala del Monotributo.

Además, la ley dispone incrementos en los impuestos aplicables a cada categoría. Este aumento se calcula a partir de la combinación de tres componentes:

  • El impuesto unificado, que presenta incrementos que varían desde $3.000 para la categoría A hasta $735.000 para la categoría K.
  • El Sistema Integrado Previsional Argentino (aportes jubilatorios), que introduce nuevas subidas que comienzan en $9.800 para la categoría A, con aumentos del 10% en las categorías sucesivas hasta la F, donde el incremento alcanza el 40% respecto a la categoría anterior.
  • El aporte al Sistema Nacional del Seguro de Salud (aporte para obra social), que se eleva desde $13.800 para las categorías A, B y C, hasta un total de $47.000 para la categoría K.

En otras palabras, si un contribuyente tuviera una facturación en la categoría A, abonaría un total de $22.600 al sumar los tres conceptos mencionados previamente. La ley establece que estas cifras se ajustarán cada seis meses a partir del año fiscal 2025, tomando en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC) como referencia.

Detalles de la categoría D.

Sobre las nuevas escalas, Marcelo Rodríguez, especialista en tributación y director de MR Consultores, comentó a este medio que “existe conformidad con los cambios en las escalas, pero la situación de los contribuyentes se modifica por el incremento sustancial de los montos a pagar”.

Y sumó: “Ahora un contribuyente de la categoría K (con facturación de hasta $68.000.000) debe pagar por mes de monotributo hasta $735.000 (en el año, $8.820.000); es decir, el equivalente al 12,97% de sus ingresos brutos. Esto nunca fue así, la relación histórica siempre estuvo en torno al 3 o 4%”.

Qué tener en cuenta para la recategorización en el monotributo

La recategorización implica revisar los criterios que deben cumplir los monotributistas para determinar si deben seguir en su categoría actual o cambiarla. Si los criterios exceden o no llegan a los requisitos de la categoría actual, es necesario efectuar el proceso de recategorización.

Detalles de la categoría J.

Durante el proceso de recategorización, es necesario examinar la actividad de los últimos 12 meses, incluyendo los ingresos totales, el consumo de energía eléctrica, la superficie dedicada a la actividad en cuestión y los alquileres pagados, si corresponde.

Las fechas para la recategorización se establecen cada seis meses, del 1 al 20 de enero y julio. Sin embargo, como se mencionó anteriormente, para este semestre se ha extendido el plazo hasta el 2 de agosto.

El Gobierno reglamentó los cambios en el Monotributo.
Podrán reingresar al Régimen Simplificado quienes hayan renunciado o sido excluidos entre el 1° de enero y el 31 de julio.

Podrán reingresar al Régimen Simplificado quienes hayan renunciado o sido excluidos entre el 1° de enero y el 31 de julio.

Mariano Ghirardotti, experto en tributación y miembro del Estudio Ghirardotti & Ghirardotti, indicó a Chequeado que “las modificaciones introducidas en la estructura del monotributo, en especial a las escalas, a partir de la sanción del nuevo paquete fiscal requirió una adecuación en los sistemas de la AFIP, por eso la autoridad monetaria estableció una prórroga”.

Sumate al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com

Recibí las noticias en tu celular sumándote al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com. Ingresá al siguiente enlace: https://whatsapp.com/channel/0029VaQ05Jk6BIErMlCL0v0j

Si querés, podés activar las notificaciones.

Además, podés comunicarte con nosotros a través del WhatsApp de las Noticias al 3885007777.

Copyright © TodoJujuy.com Por favor no corte ni pegue en la web nuestras notas, tiene la posibilidad de redistribuirlas usando nuestras herramientas. Derechos de autor reservados.
En esta nota:
Comentarios: