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17 de diciembre de 2022 - 15:12
Relación de dependencia.

Bono de fin de año: el Gobierno lo oficializó

Mediante el DNU del Ejecutivo Nacional se formalizó este sábado el bono de fin de año que alcanzará a trabajadores en relación de dependencia

Maria Eugenia Burgos
Por  Maria Eugenia Burgos

El Gobierno Nacional hizo oficial este sábado el pago de un bono de $24.000 para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado.

El refuerzo de ingresos será abonado por única vez en el mes de diciembre de 2022 a trabajadores en relación de dependencia con salarios menores a $186.000.

Detalles del DNU

“Establécese una asignación no remunerativa por única vez para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado que se rijan por las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, 22.250, 26.727 y su modificatoria y 26.844, que ascenderá a la suma de hasta $24.000, que será abonada por los sujetos empleadores de diciembre de 2022″, señala el decreto.

En el decreto, se resalta que “cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores y las trabajadoras percibirán la asignación no remunerativa en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable o, supletoriamente, según las reglas generales contenidas en las leyes mencionadas en el artículo anterior que les resulten aplicables de acuerdo a su modalidad de contratación”.

Además, el refuerzo “se aplicará a los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos y excluyendo el medio Salario Anual Complementario (SAC), correspondientes al devengado en diciembre de 2022, inferiores a $185.859 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2°”.

El monto del bono será equivalente a “$24.000 para los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, menores o iguales a $161.859″, o bien la diferencia entre $185.859 y los salarios netos superiores a $161.859 correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022.

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Las empleadas domésticas recibirán el bono

Las empleadas domésticas recibirán el bono

Bono de fin de año

El Poder Ejecutivo de la Nación a través del Decreto Nº 841/2022, dispuso el pago de una Asignación no remunerativa por única vez.

Alcance:

  • Trabajadores en relación de dependencia del sector privado a los cuales se les aplique la Ley de Contrato de Trabajo (ley 20.744),
  • Régimen de Trabajo para el Personal de la Industria de la Construcción (Ley 22.250),
  • Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727)
  • Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el personal de Casas Particulares (Ley 26.844) y que perciban salarios netos (todo ingreso por cualquier concepto, incluyendo sumas no remunerativas y excluyendo solamente el SAC), correspondientes al devengado del mes de diciembre de 2022, inferiores a $ 185.859.- o el monto proporcional en caso que la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional.

Monto:

1- $24.000.- para quienes perciben salarios netos, correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, menores o iguales a $161.859.-;

2- Para quienes perciben salarios netos, correspondiente al devengado en el mes de diciembre de 2022, que sean superiores a 161.860.- y menores a $ 185.859, se abonará la diferencia entre $185.859.- y $161.859.-

  • Naturaleza: No salarial. No se tienen en cuenta para el cálculo de vacaciones, SAC, indemnizaciones, cargas sociales, ni ART.
  • Proporcionalidad: Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, se percibirá en forma proporcional el monto correspondiente.
  • Fecha de Pago: Durante el mes de diciembre de 2022.
  • Absorción: El monto de la asignación no remunerativa podrá ser absorbido hasta su concurrencia, en caso de haberse acordado o estuviese previsto en los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo el pago de asignaciones no remunerativas por única vez o beneficios equivalentes entre noviembre de 2022 y enero de 2023.
  • Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 que cuenten con Certificado MiPyME: Podrán reducir los anticipos del Impuesto a las Ganancias en un importe equivalente al 50 % del monto total abonado en concepto de la asignación no remunerativa y diferir su pago para el Ejercicio del año 2023, de acuerdo con los términos y condiciones que establezca la AFIP.
  • Empleadores Personal de Casas Particulares: El monto que resulte abonar podrá ser deducido del Impuesto a las Ganancias, de acuerdo con las condiciones que establezca la AFIP.

Quienes no se encuentren alcanzados por la posibilidad de deducción, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de lo abonado.

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