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17 de noviembre de 2023 - 07:02
Elecciones.

Elecciones Balotaje 2023: hoy comienza la veda electoral

La veda electoral, que inicia hoy a las 8 de la mañana, terminará tres horas después del cierre de los comicios del domingo.

Federico Franco
Por  Federico Franco

Entre los impedimentos más importantes de la veda electoral, previa al Balotaje de las Elecciones 2023, se destaca la prohibición a los precandidatos presidenciales de realizar actos de campaña, tampoco se permitirá la venta de bebidas alcohólicas ni declaraciones de propaganda política de funcionarios o medios de comunicación.

La venta de alcohol será inhabilitada a partir de las 20 del sábado 18 de noviembre, durante 25 horas: a partir del domingo a las 21 volverá a permitirse.

Además, se prohíbe la difusión de encuestas electorales y sondeos de opinión, lo cual rige desde el sábado pasado y volverá a ser permitido hasta tres horas después de finalizados los comicios.

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Elecciones Balotaje 2023: prohibiciones durante la veda electoral.

Elecciones Balotaje 2023: prohibiciones durante la veda electoral.

Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral

La veda electoral por el Balotaje de las Elecciones 2023 comienza a regir a partir de hoy a las 8 de la mañana y finalizará el domingo a las 21. Así lo establece el marco normativo del Código Nacional Electoral.

Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, hay ciertas actividades que están prohibidas para los candidatos y para los votantes durante la veda:

  • Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros (80 m) alrededor de la mesa receptora.
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.
  • Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
  • A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
  • Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.
  • La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente. No se instalarán mesas receptoras a menos de ochenta metros (80 m.) de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos nacionales o de distrito.
  • Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
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Elecciones 2023: prohibiciones durante la veda electoral.

Elecciones 2023: prohibiciones durante la veda electoral.

¿Se pueden celebrar cumpleaños durante la veda electoral?

Durante la veda electoral no se pueden celebrar cumpleaños ya que se encuentran prohibidas las reuniones públicas de cualquier tipo (salvo las realizadas por cuestiones electorales).

Qué pasa si no cumplo con la veda electoral

Las personas que no respeten la veda electoral podrán ser denunciadas y sancionadas si se comprueba que efectivamente violaron el Código Electoral.

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