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10 de agosto de 2023 - 10:32
Importante.

Elecciones 2023: cómo justificar la no emisión del voto

Rumbo a las elecciones 2023 de este domingo, es importante saber cómo se tiene que hacer en caso de no poder acercarse a votar.

María Florencia Etchart
Por  María Florencia Etchart

El domingo 13 de agosto los jujeños vamos a las urnas por las PASO al igual que en todo el país. En el marco de las elecciones 2023 es importante que aquellos que no puedan acercarse a emitir su voto, sepan cómo se lo debe justificar.

En este marco, Luciana Ríos, Comisario de la Policía de la provincia, explicó cómo se debe realizar: “Las constancias se van a emitir desde las 8 de la mañana del domingo 13 de agosto hasta las 18hs en todas las dependencias policiales”.

La Comisario aclaró también que las personas se deben acercar a cualquier comisaría cercana al domicilio para realizar el trámite con el DNI. Además, el trámite es totalmente gratuito.

“En la mayoría de los casos se trata de personas que se encuentran a más de 500 kilómetros del domicilio que figura en el documento nacional de identidad”.

LUCIANA RIOS - COMISARIO DE LA POLICÍA DE JUJUY

Elecciones 2023: ¿Cuándo empieza la veda electoral?

La veda electoral por las elecciones 2023 comenzará a regir a partir del viernes 11 de agosto a las 8 de la mañana y finalizará el domingo 13, a las 21. De esta forma lo establece el marco normativo del Código Nacional Electoral.

Además de las actividades propias de campaña, la veda electoral también alcanza a otras como la venta de bebidas alcohólicas, aperturas de bares, entre otras.

¿Qué es la veda electoral?

La veda electoral es el lapso durante el que rigen una serie de prohibiciones legales vinculadas a la propaganda política, que se aplican cuando hay elecciones. El Código Nacional Electoral prohíbe una serie de acciones, tanto para los candidatos y sus partidos, como para los ciudadanos.

Desde las 8 de la mañana del viernes 11 de agosto no se podrá:

  • Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
  • Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
  • Portar banderas, distintivos o insignias partidarias.

Desde el sábado a las 20 horas hasta el domingo a las 21:

  • No se puede vender bebidas alcohólicas
  • Está prohibido realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.

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