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10 de junio de 2024 - 11:23
Entrevistas.

Trabajos comunitarios en escuelas: quiénes deben hacerlo

El juez contravencional Matías Ustarez brindó detalles de los trabajos comunitarios que se realizan en escuelas de toda la provincia y cómo funciona el sistema.

Teniendo en cuenta las infracciones que una persona cometa, el Juez a cargo del caso, puede determinar que las mismas lleven adelante trabajos comunitarios en distintos lugares. Tal es así, que en la provincia de Jujuy se incorporaron al registro escuelas privadas y públicas para ser beneficiadas con estas tareas.

Qué son los trabajos comunitarios

Quienes deban pagar multas y no puedan hacerlo, o en caso de que un Juez Contravencional determine que los infractores deben realizar trabajos comunitarios, las sanciones alternativas podrán ser tareas que consistirán en la limpieza, acondicionamiento, conservación o atención de escuelas, unidades sanitarias, parques, paseos, dependencias municipales, espacios o instituciones de bien público.

Estos trabajos comunitarios se van determinando según la lógica de cada caso y en base a las capacidades que pueda tener el infractor en torno a sus conocimientos personales. Hay que coordinar el tema de trabajo y el horario que van a cumplir en torno a las tareas pactadas.

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Se suman las escuelas como trabajos comunitarios

En este sentido, el Juez Contravencional, Matías Ustarez, especificó que una vez que el Juez dispone que estos ciudadanos hagan trabajos comunitarios a favor de bienes e instituciones públicas, se determinará a qué instituciones se dirigirán o qué tipo de tareas llevarán adelante.

"Atento al crecimiento de los trabajos comunitarios, y teniendo en cuenta la importancia de la socialización y concientización por parte de las personas que son consideradas contraventores, el Ministerio de Educación solicitó este espacio para formalizar el trabajo y que las instituciones educativas sean beneficiadas con estas tareas comunitarias", explicó Ustarez.

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Qué actividades puede hacer en una escuela un contraventor

Dentro de este registro, quien deba cumplir los trabajos comunitarios en establecimientos educativos, será analizado según su capacidad para hacer mantenimiento, o bien, construcción, diferentes oficios, u otras tareas.

"Esto va a ser siempre que la ley lo disponga, y que cumplan tareas comunitarias en escuelas por una X cantidad de tiempo a favor de estas instituciones educativas", ponderó el Juez Contravencional.

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