Se acerca carnaval, y durante días el diablo está suelto en Jujuy. Sin embargo, para ponerle un freno a las “diabladas”, y para que la libertad no sea libertinaje, hay un nuevo código contravencional que se aplicará.
José Marías Ustarez Carrillo es el juez contravencional n° 1 y señaló que por ejemplo, el artículo n° 94 del Código prevé que “no se puede jugar con una persona que no quiere participar del carnaval, mojarla contra su voluntad, tampoco se puede usar un elemento que pueda dañar la integridad física de esa persona”. Eso sería, por ejemplo, arrojar espuma en la cara de alguien e irritar los ojos.
Respecto a qué penalidades se pueden imponer desde el Código Contravencional, Ustarez Carrillo mencionó que puede ser “arresto de hasta tres días, trabajo comunitario de hasta 9 días y hasta 5 unidades de multa”.
Otra de las prohibiciones es la de “arrojar agua o cualquier otro elemento desde un auto o edificio”.
Consultado sobre el horario de cierre de los boliches señaló que “estarán habilitados hasta las 6 de la mañana, pero sólo durante los dos días de carnaval según el calendario oficial”, indicó el juez. Esto sería sólo lunes y martes que se podrá cerrar a las 6 de la mañana, y no a las 4, como el resto de los días. Este horario, hay que destacar, no es por el Código Contravencional, sino que está dispuesto en otra ley vigente.
El objetivo de este código normativo, según Ustares Carrillo, es “regular la convivencia. Las personas que se vean avasalladas por acciones u omisiones de terceros tengan un lugar para canalizar su reclamo”. Y agregó que “en la medida en la que no se afecte la convivencia no va a haber problemas”.
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