Los docentes jubilados de Jujuy pueden verificar en sus recibos de haberes si les están aplicando el descuento previsto en el artículo 9 de la Ley 24.463. Las abogadas previsionales Rosana Cappiello (MP 1584) y Sofía Echenique (MP 2924) explicaron de qué se trata esta deducción y señalaron que cada situación debe analizarse de manera particular.
Durante una entrevista con TodoJujuy, las especialistas indicaron que el descuento puede alcanzar a quienes perciben haberes que superan el límite establecido por la legislación previsional. También podría aplicarse cuando una persona cobra dos beneficios y la suma de ambos excede ese tope. Sin embargo, sostuvieron que la Ley 24.463 no debería aplicarse a los docentes jubilados, independientemente del nivel educativo en el que hayan trabajado.
Cómo identificar el descuento del artículo 9
El primer paso es revisar el recibo de haberes previsionales. Este documento puede consultarse a través de Mi ANSES o solicitarse en la entidad bancaria en la que se percibe la jubilación. La deducción aparece identificada en el recibo como “artículo 9 de la Ley 24.463”.
“El artículo 9 es un tema bastante amplio y puede resultar complejo para muchas personas, porque no saben de qué se trata. Por eso insistimos en la importancia de conocer y revisar el recibo de jubilación”, explicó Cappiello.
La aparición de ese concepto permite conocer si ANSES está efectuando la retención, aunque las abogadas aclararon que esto no significa que todos los casos sean iguales ni que corresponda iniciar automáticamente una demanda.
Por qué se realiza esta deducción
Echenique explicó que el sistema previsional argentino funciona bajo un régimen de reparto asistido. Esto significa que los aportes realizados actualmente por los trabajadores en actividad se utilizan para sostener el pago de las jubilaciones y pensiones vigentes. “Los aportes de las personas activas no quedan guardados hasta que ellas se jubilan. Los activos de hoy sostienen a los pasivos del momento”, detalló.
En ese esquema, el artículo 9 establece una deducción sobre determinados haberes que superan el límite legal. Según lo señalado por la especialista durante la entrevista, para septiembre ese tope estaría previsto en alrededor de $2.800.000. “Las personas que superen ese límite, ya sea porque tienen un beneficio o porque perciben dos, pueden recibir el descuento del artículo 9”, indicó.
No obstante, la abogada afirmó que la Ley 24.463 no debería aplicarse a quienes accedieron a una jubilación docente. Esto comprendería a trabajadores jubilados de los niveles inicial, primario, medio y universitario.
Por qué los docentes jubilados pueden reclamar
Las profesionales señalaron que existen antecedentes judiciales que declararon inconstitucional la aplicación de esta normativa a los docentes jubilados. Sin embargo, aclararon que esos fallos no provocan la eliminación automática del descuento en todos los recibos. “Que haya sido declarado inconstitucional no significa que se aplique de manera general a todas las personas. Para obtener esa posibilidad, cada jubilado debe hacer una presentación”, explicaron.
Por ese motivo, recomendaron revisar cada caso antes de iniciar cualquier reclamo. Entre los aspectos que deben analizarse se encuentra el porcentaje que representa la deducción sobre el haber previsional. “Siempre somos partidarias de no dar una explicación que sea aplicable a todos. Hay que atender cada caso en particular”, remarcó Cappiello.
Las especialistas mencionaron que debe evaluarse si el descuento supera el 15% del haber, debido a que ese porcentaje resulta relevante al momento de determinar una posible afectación confiscatoria.
Cómo se realiza el reclamo por el artículo 9
De acuerdo con las abogadas, una presentación administrativa ante ANSES no sería suficiente para detener la deducción ni solicitar la devolución de los montos retenidos. El planteo debe efectuarse por la vía judicial. “El descuento es inconstitucional para los jubilados docentes y la única forma de detenerlo y recuperar hasta dos años de retroactivo es mediante la vía judicial”, sostuvo Cappiello.
El trámite se realiza a través de una acción de amparo ante los juzgados federales. Según detallaron, se trata de un proceso con plazos más acotados que otros procedimientos judiciales. Antes de avanzar, debe revisarse el recibo, calcular la incidencia del descuento y determinar si el reclamo resulta procedente en función de las particularidades de cada jubilado.
¿Un reclamo puede afectar los aumentos docentes?
Una de las principales dudas planteadas durante la entrevista fue si iniciar una acción judicial por el artículo 9 podía provocar la suspensión de los aumentos correspondientes al régimen docente. Las profesionales descartaron esa posibilidad y explicaron que la movilidad del haber y la deducción cuestionada son asuntos independientes.
“El aumento es una cosa y el descuento es otra. Los incrementos corresponden a todos los docentes, se aplican por sistema y por ley. No tienen nada que ver con que una persona haga o no una presentación judicial”, aclararon. Por lo tanto, según explicaron, iniciar un reclamo no implica renunciar al 82% móvil ni perder los futuros incrementos de la jubilación docente.
Recomiendan revisar la historia laboral antes de jubilarse
Además de abordar el descuento del artículo 9, Cappiello y Echenique destacaron la importancia de planificar la jubilación con anticipación. Recomendaron comenzar a revisar la situación previsional al menos cinco años antes de alcanzar la edad jubilatoria. Ese margen permite verificar que todos los empleadores hayan realizado correctamente los aportes y detectar posibles períodos de trabajo que no aparezcan registrados en la historia laboral.
“Cuanto más tiempo tenemos, mayor es el margen de maniobra y las opciones para tomar decisiones informadas. De esa manera evitamos que todo suceda a último momento”, explicó Cappiello.
¿Qué deben revisar los docentes de Jujuy antes de iniciar la jubilación? - Imagen creada con IA
Sumate al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com
Recibí las noticias en tu celular sumándote al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com. Ingresá al siguiente enlace: https://whatsapp.com/channel/0029VaQ05Jk6BIErMlCL0v0j
Si querés, podés activar las notificaciones.
Además, podés comunicarte con nosotros a través del WhatsApp de las Noticias al 3885007777.
Copyright © Todo Jujuy Por favor no corte ni pegue en la web nuestras notas, tiene la posibilidad de redistribuirlas usando nuestras herramientas. Derechos de autor reservados.