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11 de mayo de 2025 - 17:57
Elecciones.

Elecciones 2025: ¿Cómo justifico si no fui a votar?

Este 11 de mayo se eligieron diputados, concejales y miembros de Comisiones Municipales para el período 2025-2029. Te contamos cómo justificar la inasistencia y las multas por no votar.

Malka Alvarenga Miranda
Por  Malka Alvarenga Miranda

Jujuy llevó a cabo las elecciones 2025 este domingo 11 de mayo, en las que se renovará la mitad de los cargos del poder legislativo a nivel provincial, municipal y comunal. Durante esta jornada electoral, los ciudadanos jujeños eligieron a 24 diputados provinciales titulares y 10 suplentes; además de concejales y representantes de las Comisiones Municipales en los 16 departamentos de la provincia, para el período 2025-2029.

Cómo justificar la ausencia

Aquellas personas que, por circunstancias excepcionales, no hayan podido asistir a votar deberán acreditar su falta para evitar sanciones. La justificación de la inasistencia puede realizarse en los siguientes casos:

  • Jueces y auxiliares judiciales que deban cumplir funciones durante el día electoral,
  • Los ciudadanos menores de 18 años y los mayores de 70 años, quienes tienen voto optativo,
  • Aquellos que se encuentren a más de 500 km de su lugar de votación.
  • Aquellas personas que estén enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor
  • Los trabajadores de servicios públicos esenciales que no puedan asistir debido a sus responsabilidades laborales, siempre que el empleador lo comunique con 10 días de anticipación.

Quienes se encuentren en alguna de estas situaciones deberán acercarse a la comisaría más próxima y solicitar una constancia que justifique la inasistencia. Posteriormente, una vez finalizadas las elecciones provinciales, deberán presentarse ante el Tribunal Electoral de la Provincia de Jujuy, ubicado en calle Lamadrid 147, y entregar dicha constancia. Para consultar si figurás como infractor en las elecciones, podés ingresar a: https://infractores.padron.gov.ar/

¿De cuánto es la multa si no voté?

Según lo estipulado por el Código Electoral de Jujuy, están “exceptuadas de la obligación [de votar] las personas mencionadas por la legislación nacional”. A su vez, el Código Electoral Nacional establece que quienes no concurran a las urnas y no justifiquen su ausencia ante un juez electoral del distrito dentro de los 60 días posteriores a la elección, se les aplicará una multa que va de $50 a $500.

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