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Moratoria previsional: 10 mil se podrían jubilar en Jujuy

Según estimaciones de la delegación provincial de Anses, habría alrededor de 10 personas que podrían acceder al nuevo Plan de Pago de Deuda Previsional.
Por  Nestor Vivas

El martes pasado la Cámara de Diputados de la Nación le dio sanción definitiva a la ley para el Plan de Pago de Deuda Previsional. Con está nueva moratoria previsional las personas que no llegan a cumplir los 30 años de aportes requeridos, puedan regularizar su deuda y acceder a la jubilación mínima. La norma entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y en ese momento comenzará a ser obligatoria.

El titular de la delegación provincial de Anses, Adrián Mendieta, dijo que en Jujuy son alrededor de 10 mil personas las que podrían acceder a este nuevo regimen. Si bien aún no entró en vigencia, hay un estimativo según la base de datos del organismo. Una vez que se reglamente y se inicien los trámites correspondientes habrá un número final sobre cuántas personas se puedan jubilar.

Mendieta comentó que ya hay muchas consultas en las sedes de capital, pero pide paciencia ya que aún no esta fijado todo el procedimiento. Si aconsejó que las personas que entren dentro de los parametros que fija la ley comiencen a buscar la documentación mínima para iniciar el trámite una vez que entre en vigencia. Se estima que a finales de este mes ya estará la reglamentación y se podrán solicitar los turnos para el mes de abril. El directivo adelantó que de acuerdo a la demanda y capacidad operativa se podrían destinar más turnos para este trámite. Aclaró que como todos los trámites de Anses, este será totalmente gratuito, no hay gestores y no se contactarán con los beneficiarios.

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Según estimaciones de la delegación provincial de Anses, habría alrededor de 10 personas que podrían acceder a la moratoria previsional.

Según estimaciones de la delegación provincial de Anses, habría alrededor de 10 personas que podrían acceder a la moratoria previsional.

Moratoria previsional: ¿Quiénes pueden acceder?

Personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria

-Mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no cuentan con los 30 años de aportes requeridos.

Personas que aún no alcanzaron la edad jubilatoria

-Mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años que ya saben que, al cumplir la edad para jubilarse, no contarán con los 30 años de aportes requeridos.

Moratoria previsional: ¿Qué períodos se podrán regularizar?

Quienes ya alcanzaron la edad jubilatoria

  • Podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive.
  • Podrán cancelar estos períodos en cuotas mensuales que se descuentan de la jubilación.
  • El Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021.

Quienes aún no alcanzaron la edad jubilatoria

  • Podrán regularizar períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive.
  • Las personas podrán identificar los períodos de aportes a regularizar y cancelarlos de acuerdo a sus posibilidades.

Moratoria previsional: ¿Cuánto se pagará?

El monto de la deuda total variará según la situación de cada persona. Igualmente, existe una fórmula que permite saber de antemano qué valor mínimo tendrán las cuotas.

Quienes ya tienen la edad para jubilarse (mujeres de 60 años y hombres de 65 o más), tendrán que ajustarse a la “unidad de pago de deuda previsional” (UPDP), un valor que depende directamente de la “remuneración mínima imponible”, que hoy alcanza los $19.758,51.

Según la normativa, las cuotas que se descontarán en cada pago de haberes serán equivalentes al 29% de dicha remuneración mínima no imponible. Hoy, el monto a descontar es de $5.729,96.

Moratoria previsional: ¿Por cuánto tiempo se deberá pagar?

Dependerá de cada jubilado/a. Una persona que debe, por ejemplo, cinco años de aportes, deberá abonar la UPDP durante esos cinco años, si debe diez, tendrá que enfrentar el descuento durante toda la década. Aunque, el límite de cuotas a pagar por cada persona es de 120. Por tanto, quienes deben más de diez años de aportes deberán pagar más de un UPDP por mes para regularizar el total de la deuda.

Asimismo, quienes deben por ejemplo cinco años, tendrán la opción de cancelar la deuda en menos cuotas, lo que llevará lógicamente a que el descuento mensual sea mayor. La ventaja en ese caso sería que se llegaría antes al momento en que se podría cobrar el 100% de la jubilación.

En el caso de quienes aún no cumplen con la edad mínima de jubilación, el sistema será exactamente igual, pero solo podrán acceder quienes acrediten ingresos que demuestran capacidad para pagar la deuda. Sí se debe considerar que no se requiere obligatoriamente la realización de un plan de pagos completo. Eso significa que, si hoy el beneficiario está en condiciones de pagar las cuotas, pero dentro de un año pierde su empleo, puede dejar de pagar sin ningún tipo de penalidad y sin perder lo abonado anteriormente. Si en otro momento su situación económica mejora, el aspirante a la jubilación podrá retomar el pago de las cuotas sin mayores inconvenientes.

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