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6 de octubre de 2020 - 16:37
Violencia de género

Recibió 10 años de prisión por intentar matar a su pareja

En 2019 Carlos Estrada intentó matar a su pareja a golpes y puñaladas. Recibió 10 años de prisión por tentativa de homicidio agravado por violencia de género.

Andrea Miranda
Por  Andrea Miranda

Este martes, el Tribunal en lo Criminal Nº2 condenó al funcionario policial Carlos Javier "Mono" Estrada a la pena de 10 años de prisión por intentar matar a su pareja a golpes y puñaladas. El hecho había ocurrido el 3 de marzo de 2019 en el barrio Presidente Perón de San Pedro de Jujuy.

En un fallo unánime, los jueces Luís Ernesto Kamada, Claudia Cecilia Sadir y Lucas Grenni condenaron a Estrada como responsable y autor material por el delito de “Homicidio agravado por el vínculo y mediando violencia de género en grado de tentativa”.

De acuerdo con la requisitoria fiscal, el intento de femicidio ocurrió en la casa donde vivían la víctima y el imputado, alrededor de las 10 de la mañana, luego de una discusión entre ambos. Estrada habría intentado quitarle la vida a la mujer a golpes de puño en el rostro y con varias puñaladas de arma blanca en distintas partes del cuerpo. Le provocó heridas de suma gravedad que pusieron en peligro la vida de la mujer.

El fiscal José Alfredo Blanco solicitó la pena de 15 años de prisión efectiva. Mientras que la defensa pidió que, en caso de corresponder la aplicación de una condena, fuera por el delito de “lesiones graves” y no por el de “homicidio agravado por el vínculo de una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género en grado de tentativa”.

Según indicaron desde el Poder Judicial, el juicio se llevó a cabo aplicando el protocolo de bioseguridad por covid-19 y, con el fin de evitar aglomeración y circulación de personas, los testigos hicieron sus declaraciones a través del sistema de videoconferencia disponible en la Plataforma Digital de Gestión Judicial.

Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán apelar la sentencia.

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