El exlíder de Intoxicados y Viejas Locas, Cristian “Pity” Álvarez, podría volver a contar con su libertad luego del fallo de la Cámara de Casación, donde se indicó que la prisión domiciliaria que se encuentra cumpliendo desde junio de este año es una “medida cautelar excesiva”.
Según la resolución emitida por la Sala 2 a cargo de los jueces Daniel Emilio Morín y Horacio Días, el carácter de “coerción personal” que recae sobre el músico, “no responde a parámetros de proporcionalidad, razonabilidad y gradualidad”, atento a las particularidades del caso. A su vez, para el tercer magistrado integrante del órgano revisor, Eugenio Sarrabayrouse, Álvarez directamente “no está en condiciones” de someterse al proceso.
En septiembre del año pasado, “Pity” fue habilitado a tratarse en un centro terapéutico, después de pasar tres años en el pabellón psiquiátrico del penal de Ezeiza. Ahora, en febrero próximo, será juzgado por matar a balazos a un vecino del barrio Samoré de Villa Lugano, en julio de 2018.
“La reanudación del trámite y el inicio del debate se encuentra condicionado a las resultas de un nuevo dictamen médico en el cual se determinará la evolución del causante en el marco del tratamiento psicoterapéutico integral dispensado y, puntualmente, su aptitud para afrontar el debate”, señaló Morín en el apartado de considerandos.
“En concreto, la resolución impugnada aludió a un riesgo procesal de fuga que no se apoya en las constancias objetivas de la causa. En tal sentido, asiste razón a la defensa en cuanto a que en función del comportamiento desplegado por el imputado desde que se ha ordenado el cese de su prisión preventiva, el tribunal no ha fundado por qué se podría inferir que intentará profugarse u obstaculizar el normal desenvolvimiento del proceso”, recalcó.
Los magistrados también se encargaron de analizar el tratamiento psiquiátrico, al señalar que los peritos intervinientes manifestaron que “Álvarez no puede valerse por sus propios medios y que, en tal orden, requiere de asistencia médica y/o familiar constante, lo que da cuenta de una red de contención continua que incide en el caso, que puede contribuir a neutralizar los peligros procesales apuntados”.
“No escapa al análisis que las dolencias del imputado demandan la aplicación de medidas coercitivas menos gravosas en orden a propiciar un contexto apropiado para su correcta evolución”, agregaron.
Así, los jueces de Casación determinaron “anular parcialmente” la resolución apelada sobre la prisión domiciliaria de Álvarez y “remitir” las actuaciones al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOC) 29 “ con el objetivo de que se dicte una nueva decisión ajustada a derecho, en punto a la atenuación de la medida de coerción personal dispuesta”.
Se espera que el juicio oral contra el Pity por homicidio inicie el 22 de febrero de 2023 y se extienda por seis audiencias más hasta el 13 de marzo, lo que marcará el fin de la pausa dictaminada en abril de 2021 por el TOC, cuando consideró que el músico no se encontraba en condiciones psíquicas de enfrentar el proceso.
Sumate al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com
Recibí las noticias en tu celular sumándote al Canal de WhatsApp de TodoJujuy.com. Ingresá al siguiente enlace: https://whatsapp.com/channel/0029VaQ05Jk6BIErMlCL0v0j
Si querés, podés activar las notificaciones.
Además, podés comunicarte con nosotros a través del WhatsApp de las Noticias al 3885007777.
Copyright © Todo Jujuy Por favor no corte ni pegue en la web nuestras notas, tiene la posibilidad de redistribuirlas usando nuestras herramientas. Derechos de autor reservados.