Repudiable.. 

Abuso sexual: condenado a 11 años de prisión

El hecho ocurrió en noviembre del año 2017 en un domicilio de la localidad de Palpalá donde el sujeto convivía con la víctima.
Por  Redacción de TodoJujuy.com

Este martes, M.A.M fue condenado a 11 de años de cárcel tras ser culpable de abuso sexual contra su hija menor de edad en un domicilio ubicado en la localidad de Palpalá en el año 2017.

Las carátulas de los delitos son “Abuso Sexual Simple y Abuso Sexual Gravemente Ultrajante, ambos agravados por el vínculo y por ser la víctima menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia”.

Además, se ordenó la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida que estuviere la sentencia.

El Tribunal fue integrado por las juezas Felicia Barrios– presidente de trámite- y Alejandra Tolaba, y el juez Luís Ernesto Kamada.

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Condenado por abuso sexual (foto ilustrativa).

Condenado por abuso sexual (foto ilustrativa).

Sobre los hechos

De acuerdo con la acusación formulada por la Fiscalía, el hecho ocurrió en el mes de noviembre de 2017, en un domicilio de la ciudad siderúrgica donde la víctima convivía junto a su abuela paterna, dos primos, la tía, y el inculpado M. A. M., quien es su padre.

El acusado, aprovechando tal situación de convivencia con su hija, una noche, cuando dormían en la habitación que ambos compartían, procedió a tocarle las zonas íntimas para luego accederla carnalmente.

Alegatos

Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó María Curtem Haquim, quién solicitó para el acusado la pena de 12 años de prisión. Mientras que la querella, a cargo del representante del Centro de Asistencia a la Víctima, Joaquín Campos, adhirió a lo solicitado por la fiscal.

Por su parte, la defensa técnica del condenado fue ejercida por Dante Javier Nieva.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrían solicitar su revisión ante una instancia superior.

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