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6 de junio de 2025 - 10:38
Economía.

Principio de Inocencia Fiscal: las claves del proyecto que busca cubrir a los ahorristas

Se reducen los plazos de prescripción fiscal y se suman nuevos casos en los que no se requiere denuncia penal. Los detalles del "Principio de Inocencia Fiscal".

Redacción de TodoJujuy
Por  Redacción de TodoJujuy

El llamado "Principio de Inocencia Fiscal", como lo denomino el Ejecutivo, busca principalmente proteger a los ahorristas frente a posibles futuros gobiernos, permitiéndoles manejar sus recursos sin necesidad de declarar ni justificar su procedencia.

En esa dirección, se incrementaron los límites mínimos a partir de los cuales se consideran delitos penales tributarios, se acortaron los plazos de prescripción de las responsabilidades fiscales y se instauró un régimen simplificado del impuesto a las Ganancias, con determinados requisitos para poder acceder.

El Gobierno anunció el Proyecto de Ley de Principio de Inocencia Fiscal.
El Gobierno presentó este jueves los detalles del Proyecto.

El Gobierno presentó este jueves los detalles del Proyecto.

Delitos tributarios

  • Evasión Simple: Monto mínimo pasa de $1.500.000 a $100.000.000
  • Evasión Agravada: Monto: de $15.000.000 a $1.000 millones de pesos.
  • Utilización fraudulenta de exenciones, desgravaciones, diferimientos, reducciones u otros beneficios fiscales: pasa de $2.000.000 a $200.000.000
  • Utilización de facturas y/o documentos apócrifos: de $1.500.000 a $100.000.000
  • Aprovechamiento Indebido de Beneficios Fiscales Monto de $1.500.000 pasa a 100.000.000

Delitos de la seguridad social

  • Evasión Simple: pasa de $200.000 a 7.000.000
  • Evasión Agravada: de $1.000.000 a 35.000.000
  • Apropiación Indebida de Recursos de la Seguridad Social Monto de $100.000 a $3.500.000
José Luis Espert y Juan Pazo en el anuncio del Proyecto de Ley de Principio de Inocencia Fiscal.

Delitos fiscales comunes

  • Simulación dolosa de cancelación de obligaciones: pasa de $500.000 a $20.000.000 por cada ejercicio anual y de $100.000 a $3.500.000 por mes.

Dispensa de la denuncia penal

ARCA se abstendrá de presentar una querella penal siempre que el deudor abone la totalidad de la obligación pendiente junto con los intereses antes de que se inicie formalmente la denuncia. Esta medida especial solo se aplica una única vez por cada contribuyente. En caso de que la denuncia penal ya haya sido interpuesta, la acción legal quedará sin efecto si se efectúa el pago de la deuda, los intereses correspondientes y un recargo del 50% dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación de la acusación.

Las claves del proyecto.

El propósito principal es promover la regularización de los montos adeudados más los intereses, evitando así enfrentar procesos penales. "Actualmente la ley prevé el beneficio que permite evitar la acción penal cancelando la deuda y sus intereses por única vez. Con el cambio propuesto, el contribuyente podrá seguir haciendo uso del instituto una vez realizada la denuncia, aunque pagando un importe adicional del 50% de la suma total (deuda + intereses + multas)", señalaron fuentes de ARCA.

Prohibición de la extinción de la acción penal por conciliación o reparación integral del perjuicio

Actualmente, el Código Penal establece que la reparación completa debe presentarse dentro de un procedimiento judicial y recibir la aprobación del magistrado, lo que prolonga la tramitación. Este artículo actúa como un estímulo para abonar el recargo extra del 50% y evitar enfrentar un juicio penal, ya que el contribuyente no podrá alargar el proceso mediante este mecanismo. Así, se fortalece la acción penal al suprimir la posibilidad de acuerdos fuera del ámbito judicial.

Se reducen los plazos de prescripción de las obligaciones y se incorporan excepciones para la denuncia penal.

Prescripción de facultes de ARCA

El proceso penal relacionado con temas fiscales y de seguridad social quedará suspendido si ha vencido el plazo que tiene ARCA para establecer las obligaciones tributarias o recursos correspondientes.

Excepciones para la denuncia penal

Se agregan dos nuevas situaciones en las cuales ARCA estará exenta de presentar una denuncia penal (ambas sin precisar un análisis legal previo, además de las dos condiciones vigentes que sí lo exigen):

  • Cuando el contribuyente pueda fundamentar de manera sólida el enfoque interpretativo y/o contable aplicado para calcular el tributo.
  • Cuando entregue declaraciones juradas, ya sean iniciales o modificatorias, antes de recibir una notificación formal que anuncie el comienzo de una auditoría fiscal.
Se elevaron los montos a partir de los cuales se persiguen los delitos penales tributarios.

Plazo de prescripción

El plazo de fiscalización en materia tributaria se acorta de 5 a 3 años, pero esta reducción aplica únicamente para los contribuyentes registrados que hayan presentado dentro del plazo la declaración jurada correspondiente al nuevo régimen simplificado de Ganancias. En cuanto a Seguridad Social y Obras Sociales, el período se reduce de 10 a 5 años.

Régimen Simplificado para la presentación de Declaraciones Juradas de Ganancias

Este régimen está dirigido a personas físicas y sucesiones indivisas cuyos ingresos anuales no superen los 1.000 millones y cuyo patrimonio total no exceda los 10.000 millones de pesos, siempre que no estén catalogados como "grandes contribuyentes".

ARCA no hará una denuncia penal si se cancelan la deuda y los intereses antes de que la formule.
  • Se establece el efecto liberatorio del pago si se acepta el contenido de la DDJJ propuesta por ARCA y se realiza el pago en término, salvo fraudes.
  • Se presume la exactitud de las DDJJ de Ganancias y de IVA no prescriptas, salvo discrepancias significativas.
  • Las discrepancias permiten fiscalizar períodos no prescriptos, con excepciones.

Provincias

Invita a provincias y CABA a adoptar regímenes simplificados.

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