En el marco de la última Ley aprobada en la Legislatura de la provincia de Jujuy, que establece el cobro a la atención médica a extranjeros residentes transitorios y precarios. La provincia se convirtió en la cuarta de la República Argentina en reglamentar dicho cobro. En la misma línea desde la Comisión de Salud comentaron sobre los gastos ocasionados desde el 2023.
Entre el 2023 y el 2024, Jujuy gastó $500 millones en atenciones a extranjeros
77.310 personas de varios países se realizaron diferentes atenciones médicas en el servicio de salud público de Jujuy, lo que ocasionó un gasto extra para la provincia.
Omar Gutiérrez, Presidente de la Comisión de Salud de la Legislatura y Diputado, explicó que este dato solo es de consultas ambulatorias desde enero de 2023 hasta agosto de 2024: "En consultas ambulatorias en la provincia de Jujuy tenemos cerca de 70 mil consultas, si lo analizas por año en el 2023 tuvimos casi 50 mil consultas, y ahora vamos un poco más de 20 mil, si a eso lo multiplicas por 7 mil, que es lo que sale la consulta médica del Instituto de Seguros (ISJ), si a esto lo sumamos con lo que va hasta el 2024, van 500 millones de pesos".
Cabe resaltar que este monto es solo por las consultas ambulatorias que se dan a personas extranjeras, ya que este dato no suma los medicamentos de alto costo, los tratamientos oncológicos, cirugías de alta complejidad, y demás prestaciones.
Anses: cuándo y dónde cobro en septiembre 2024
Consultas ambulatorias de pacientes extranjeros en 2024
- Bolivia: 673
- Perú: 26
- República Dominicana: 14
- Venezuela: 10
- Colombia: 6
- México: 3
- Cuba: 3
- Chile: 2
- Brasil: 2
- Argelia: 1
- Francia: 1
- El Salvador: 1
- Honduras: 1
En total, en el Hospital Materno Infantil de San Salvador de Jujuy atendieron a 743 pacientes extranjeros (neonatos, bebés, niños y adolescentes) en ese período.
Que dice la Ley de Migraciones sobre la atención médica
En Argentina el derecho a la salud es universal, independientemente de tu condición migratoria y de la documentación con la que cuentes. Todas las personas solicitantes de asilo, refugiadas y/o migrantes pueden acceder al sistema público de salud.
La Ley de Migraciones 25.871, sancionada en 2003 y reglamentada en 2010, en su artículo 8 reconoce que “no podrá negársele o restringírsele en ningún caso, el acceso al derecho a la salud, la asistencia social o atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria”.
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