El Ministerio de Educación y ANSES habilitaron la segunda inscripción para las Becas Progresar 2023. Desde el viernes 14 de julio pueden anotarse quienes deseen obtener el beneficio que comparte cinco líneas: Progresar 16 y 17 años, Progresar Obligatorio, Progresar Superior, Progresar Enfermería y Progresar Trabajo.
¿Cuándo se abre la segunda inscripción para Progresar 2023?
Las Becas Progresar buscan garantizar el derecho a la educación y fortalecer las trayectorias educativas de jóvenes que quieren formarse profesionalmente. Tiene el objetivo de acompañar a los jóvenes a terminar sus estudios.
La inscripción de la segunda convocatoria del año abrió el viernes 14 de julio y continúa abierta hasta el jueves 31 de agosto.
A partir de agosto, monto de las Becas Progresar aumentará y los estudiantes cobrarán 20.000 pesos mensuales. El incremento representa más del 50% considerando que durante el primer semestre del año el monto era de 13.000 pesos por mes.
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Continúa la inscripción a las Becas Progresar para cobrar $9.000 mensual.
Requisitos para las Becas Progresar
Cada una de las Becas Progresar tiene sus requisitos específicos, pero los generales para el programa son los siguientes:
- Ser argentino nativo; naturalizado o extranjero, con residencia legal de cinco años en el país y contar con DNI
- Ser alumno regular de una institución educativa
- Tener entre diecisiete y veinticuatro años de edad cumplidos
- Estudiantes avanzados en la carrera, hasta treinta años cumplidos
- Estudiantes de enfermería sin límite de edad
- Se extiende hasta 35 años de edad a las personas con hijos a cargo menores de 18 años pertenecientes a hogares monoparentales
- Quedan exceptuados del límite de edad las personas trans, pertenecientes a pueblos indígenas, con discapacidad, refugiadas y personas afrodescendientes/afroargentinas.
- Los ingresos del joven y los de su grupo familiar no deberán ser superiores a tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), a excepción de que los jóvenes solicitantes sean titulares de una pensión no contributiva por invalidez otorgada en el marco del artículo 9° de la Ley N° 13.478.
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