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4 de mayo de 2026 - 18:30
País.

Cómo es el nuevo régimen laboral para contratar empleados

El Gobierno reglamentó un régimen laboral que reduce las contribuciones patronales para nuevas contrataciones en el sector privado.

Federico Franco
Por  Federico Franco

Nuevo régimen laboral: de qué se trata

El Gobierno nacional reglamentó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, conocido como RIFL, a través del Decreto 315/2026. La medida forma parte de la Ley N° 27.802 y tiene como objetivo promover la contratación formal de trabajadores en el sector privado.

El esquema contempla beneficios para los empleadores que incorporen personal bajo las condiciones previstas por la norma. El punto central es la reducción de las contribuciones patronales durante los primeros 48 meses de cada nueva relación laboral. Para acceder al régimen, las nuevas altas deberán registrarse ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ARCA, entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027.

Esto significa que las empresas tendrán un plazo específico para realizar contrataciones alcanzadas por el beneficio. Fuera de ese período, las incorporaciones no quedarían incluidas dentro del esquema previsto.

Quiénes pueden ser contratados

El régimen está destinado a nuevas incorporaciones laborales que cumplan determinadas condiciones. Podrán ingresar trabajadores que no tenían una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025.

También estarán alcanzadas las personas que hayan estado desempleadas durante los seis meses previos a la contratación.

Además, la norma permite incluir a monotributistas y a personas que trabajen en el sector público nacional, provincial o municipal, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Otro punto importante es que los trabajadores podrán tener ingresos provenientes de otras actividades económicas, tanto dentro del régimen general como del monotributo, sin que eso afecte el beneficio para la empresa contratante.

Reforma Laboral
Reforma Laboral.

Reforma Laboral.

Cuánto pagarán las empresas

Uno de los cambios más importantes está vinculado con las cargas patronales. Actualmente, las contribuciones patronales pueden ubicarse entre el 18% y el 20,4%, según el tipo de empresa.

Con el nuevo régimen, las empresas que contraten trabajadores alcanzados por el RIFL pagarán una alícuota del 5% durante los primeros cuatro años de la relación laboral.

De ese porcentaje, el 2% se distribuirá entre el Sistema Integrado Previsional Argentino, el Fondo Nacional de Empleo y el Régimen de Asignaciones Familiares. El 3% restante irá al subsistema correspondiente al INSSJP.

Sin embargo, todavía resta que ARCA defina los términos y condiciones operativas para que las empresas puedan dar de alta a los nuevos trabajadores bajo este sistema.

Límites y condiciones del régimen laboral

La norma también establece algunas restricciones. Los empleadores no podrán incorporar bajo este régimen a trabajadores que ya hayan tenido una relación laboral con la empresa y se hayan desvinculado durante los últimos doce meses.

Además, para los empleadores dados de alta a partir del 10 de diciembre de 2025 habrá un límite: solo podrán tener hasta el 80% de su nómina bajo este régimen. En el resto de los casos, no se establecen restricciones de ese tipo. El decreto también aclara que se mantienen sin cambios las contribuciones diferenciales aplicables a algunos sectores, como el petrolero o el eléctrico. En esos casos, las empresas deberán seguir abonando el adicional correspondiente.

Por otra parte, el Fondo de Asistencia Laboral mantendrá su aporte obligatorio: 1% para grandes empresas y 2,5% para pymes. Ese monto deberá pagarse aparte y no se descontará del 5% de contribuciones patronales previsto por el RIFL.

Cuándo se puede perder el beneficio

El beneficio podrá perderse si la empresa incumple las obligaciones del régimen o si se detecta alguna causal de exclusión. En esos casos, ARCA deberá instrumentar controles y establecer mecanismos para reclamar las contribuciones no abonadas, con los intereses y sanciones correspondientes.

El régimen no fue planteado como un blanqueo laboral general. Por eso, si una empresa intenta usarlo para regularizar situaciones que no correspondan y se detectan irregularidades, podría quedar excluida del beneficio.

La medida apunta a reducir costos laborales para nuevas contrataciones, pero exige que las empresas cumplan con los requisitos formales y con los plazos establecidos por la reglamentación.

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