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26 de enero de 2024 - 10:29
Previsional.

Jubilados: cómo cobrarían segun la Ley ómnibus

Te contamos cómo se ajustarán las jubilaciones con la ley ómnibus, los cambios que impulsa el Gobierno actual y los que se vienen realizando en los gobiernos anteriores.

Mariana Lucero
Por  Mariana Lucero

El proyecto de ley “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, popularmente llamado “ley ómnibus” que envió el presidente Javier Milei al Congreso y que se está debatiendo con fuertes cruces y pedidos de modificaciones, entre otras cosas, suspende la fórmula de movilidad jubilatoria actual y faculta al Poder Ejecutivo a otorgar aumentos por decreto hasta tanto se apruebe un nuevo sistema de ajuste.

El proyecto propone que se suspenda la actual fórmula de actualización de haberes cada 3 meses y propicia que se faculte al Poder Ejecutivo para que diseñe un nuevo esquema. En el Capítulo III el artículo 206 indica además que “hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”.

ley ómnibus.jpg

Mas detalles de la propuesta de Milei:

El Gobierno asegura la actual ley perjudica los haberes de los jubilados ya que toma la inflación pasada y en consecuencia los haberes quedan rezagados contra la inflación venidera. Agrega además que, con la inflación en caída, la fórmula que propone mediante la “ley ómnibus”, permitiría la recuperación real de los haberes.

En el texto original enviado en diciembre al Congreso Nacional, se disponía, entre otros puntos, la suspensión de la actual fórmula de movilidad que actualiza las jubilaciones y otras prestaciones sociales cada 3 meses. Según la norma, el Poder Ejecutivo podría realizar aumentos por decreto hasta que se establezca un nuevo mecanismo de revisión automática. La medida resultaba clave para el ajuste fiscal que encarará el ministro de Economía, Luis Caputo, como punto de partida para “desindexar” el componente más sustancioso del gasto público.

Cabe destacar que ninguna de las 3 gestiones anteriores implementó mecanismos que hayan conseguido que los haberes previsionales no pierdan poder adquisitivo. En los últimos años los jubilados reciben bonos para compensar las pérdidas que arrojaba la fórmula. Una de las justificaciones que daban en La libertad Avanza es que como la inflación del último trimestre de 2023 será más baja que la del inicio del 2024, de mantenerse el esquema vigente, continuará la degradación de estos ingresos.

ley omnibus JAVIER MILEI.jpg

Cambios en las Jubilaciones en los últimos gobiernos:

Presidencia de Cristina Fernández de Kirchner (Frente para la Victoria): en 2008 se sancionó la llamada “ley de movilidad jubilatoria”. A través de ésta, los haberes jubilatorios se actualizaban 2 veces por año (marzo y septiembre) en base a una fórmula que contemplaba los salarios y a la recaudación impositiva.

Presidencia de Mauricio Macri (Cambiemos): En diciembre de 2017, se modificó el cálculo de la movilidad con la aprobación de la Ley Nº 27.426. Esta ley establecía una actualización salarial en los haberes jubilatorios 3 veces al año según una fórmula que tenía en cuenta a la inflación y a los salarios.

El porcentaje de aumento se obtenía mediante el 70% del incremento de la inflación del trimestre y el 30% del aumento de los salarios privados de ese mismo período. El cálculo se realizaba con una diferencia de 6 meses: es decir que, para definir el aumento de junio, se tenía en cuenta la inflación y el incremento salarial registrados entre los meses de septiembre y diciembre anteriores.

Presidencia de Alberto Fernández (Frente de Todos): Al iniciar su gestión (diciembre de 2019), el ex presidente suspendió la fórmula de movilidad aprobada durante el gobierno de Macri y otorgó 4 aumentos trimestrales por decreto.

En marzo de 2021 el Congreso aprobó la fórmula actual, cuyo cálculo surge de la sumatoria del 50% del aumento trimestral en la recaudación de la ANSES y un 50% por la variación salarial del mismo período. En este último caso, se utilizan los datos del INDEC o del Ministerio de Trabajo (RIPTE), dependiendo de cuál haya sido el más alto.

El cálculo se realiza sobre el trimestre anterior. Por ejemplo, para determinar el incremento de marzo se tiene en cuenta la evolución de esas variables entre septiembre y diciembre previo.

Si se tiene en cuenta el último aumento otorgado por la gestión de Fernández (correspondiente a diciembre 2023), la jubilación mínima más el bono fue de $ 160.713 ($ 105.713 de haber y $ 55 mil de bono). Sin embargo, el resto de los jubilados que no cobran la mínima, no recibió bonos y, por lo tanto, sufrió una mayor pérdida del poder adquisitivo.

En efecto, las jubilaciones mínimas cayeron un 2% real (es decir, contemplando el efecto de la inflación) aún tomando todos los bonos otorgados por el Gobierno nacional.

Sin embargo, los haberes superiores sufrieron una mayor caída del poder adquisitivo: si se considera a alguien que cobra el equivalente a 2 haberes mínimos (que, en promedio, recibirá $145 mil mensuales en 2023), la caída fue del 25,1%. En tanto, quien recibe 3 haberes mínimos (promedio mensual de $ 214 mil en 2023) perdió un 26,3% y quien recibe el haber máximo ($480 mil) sufrió una pérdida del poder adquisitivo del 35,6%.

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