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CHARLA TECNICA INFORMATIVA SOBRE LA LEY 5749 EN EL IPAP
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CHARLA TECNICA INFORMATIVA SOBRE LA LEY 5749 EN EL IPAP
La Dirección del Instituto Provincial de Personal (IPAP) dictó una charla informativa sobre la Ley 5749, que establece el pase a planta permanente del personal contratado de la Administración Pública Provincial.
El encuentro estuvo presidido por el Director del IPAP, Andrés Eleit, acompañado por el Subdirector del IPAP, Javier Recupero; Adriana Segui; y Natalia Soler, quienes brindaron detalles sobre los requisitos necesarios para el pase a planta permanente de los contratados en las distintas dependencias del Gobierno Provincial.
Al respecto, Eleit dijo que esta Ley, sancionada el 14 de diciembre del 2012, establece un plazo de 60 días para que los responsables de cada unidad de organización eleven, al poder ejecutivo, la nómina de los posibles contratados que tienen derecho a pasar a planta permanente.
Los datos que elevados por cada una de las autoridades de los distintos organismos, serán analizados y puestos a consideración y consulta técnica. Por tanto, según informó Eleit, recién a finales del mes de febrero se tendría en forma prácticamente definitiva la cantidad de contratados con derecho a pasar a planta permanente. De ahí en más, “el pase a planta es inmediato”, afirmó.
Aclaró, además, que es importante este paso ya que “los esquemas de contratos son inherentes al propio organismo, especialmente en los descentralizados”, y es necesario revisar cada caso en particular.
Requisitos para a tener en cuenta
Según la Ley 5749, podrán gozar del beneficio de pase a planta permanente solo aquellos contratados, con locación de obra o servicio, que se encuentren dentro del estatuto de la Ley 3161 o 4413.
Al momento del pase deberán estar cumpliendo una función efectiva y autorizada mediante decreto; haber prestado servicio de manera efectiva, continua, sucesiva durante los últimos 5 años, pero estos se computan solo hasta el 31 de diciembre del 2011; haber demostrado idoneidad, conocimiento, eficiencia, certificada por el jefe inmediato y el responsable máximo de la repartición.
Así mismo, no pueden estar gozando de servicio previsional de jubilación; reportar sanciones administrativas que se consideren de gravedad; estar condenado por delito doloso o tener pendientes procesos criminales por delito doloso; o estar imputado, procesado o condenado por el delito de usurpación.
Además, se deberá presentar un formulario, incluido en el decreto reglamentario – decreto 2000, que será firmado entre hoy y mañana según informó el Director del IPAP – firmado por el jefe inmediato donde actualmente presta servicio el personal contratado y por el responsable máximo de la repartición. En este decreto (Decreto 2000) se establecen las categorías de ingreso, “especialmente en el área de salud”, el tipo de sanciones consideradas de gravedad, especificó Eleit.
Cabe aclarar que el personal que se encuentran excluidos son los que están en el escalafón de la policía y el servicio penitenciario, el escalafón docente, y los profesionales de la salud que son de la Ley 4135 o 4418; los regidos dentro de los convenios colectivos de trabajo; los miembros del personal de Gabinete; y aquel personal que cuente con contrato de financiamiento nacional o internacional.
El contador Eleit, aclaró que el resto de los contratados que se encuentran dentro de la Ley 3161 o de la 4413 estarán incluidos en el pase a planta permanente.
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