Este jueves se procedió a través del Juzgado Contravencional de la provincia a la destrucción de un decomiso de pirotecnia sonora valuada en aproximadamente los 3.800.000 millones de pesos. La misma fue extraída de un domicilio particular que la tenía almacenada en el barrio Los Perales y la multa superó los 25.000 pesos.
Destruyeron pirotecnia valuada en más de 3 millones de pesos
En ese sentido, Matías Ustarez, juez Contravencional. Comentó que “una vez concluida la actuación contravencional, impuesta la pena, se ordena el decomiso a través del Anmac que es el organismo de aplicaciones que coordina la destrucción de la mercadería”. El procedimiento se llevó a cabo en el polígono de tiro del Ejército, junto con colaboración de Bomberos y el Same, y cuidando el medio ambiente con los fines de no causar contaminación sonora.
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“Es la primera vez que el Juzgado Contravencional organiza este acto de destrucción de pirotecnia. El personal policial que respetó el protocolo correspondiente procedió a desnaturalizar los elementos como la mecha, el cartucho y vaciar en una fosa lo que es la pólvora para proceder a la incineración del producto”, añadió.
Asimismo sostuvo que “nuestro Código Contravencional establece que una persona no puede tener, sin las autorizaciones debidas, pirotecnia para la venta ni puede trasportarnos, ni tenerlos almacenados. En el caso de esta mercadería que se destruyó, estaba almacenada en un domicilio particular del barrio Los Perales y no cumplía con las condiciones. Es un secuestro bastante importante”.
Cabe destacar que el Juzgado Contravencional, actuó con participación a la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC, ex Renar) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, quien dio cuenta que ni las personas, ni el local, se encontraban habilitados para la manipulación, depósito o traslado del tipo de pirotecnia.
El material consiste en 84 cajas de pirotecnia clase A-11 y B-3. Culminando el procedimiento con la aplicación de la pena de una multa de 15 unidades de multa equivalentes a 25.275 pesos con decomiso de la mercadería.
Sobre la ponderación de la pena, se consideró que el dueño de la pirotécnica, con su accionar negligente no respetó las reglas mínimas de su oficio “el comercio” y colocó en situación de peligro a su persona, a su familia y a la población, al momento de almacenar una cantidad considerable de artículos pirotécnicos. Mercadería a fase de sustancias explosivas y o similares, que no fue conservada por el particular en condiciones de seguridad, y que aseguren su regular funcionamiento a fin de evitar un peligro mayor para futuros adquirentes de la misma.
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