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5 de noviembre de 2021 - 16:54
San Salvador

Fue condenado a 10 años de prisión por violar a su sobrina

Los hechos de abuso sexual ocurrieron entre 2014 y 2016 en San Salvador de Jujuy. El condenado irá a la cárcel.

Este viernes 5 de noviembre de 2021 un hombre, cuyas iniciales son A.E.E.F., fue condenado a la pena de 10 años de prisión efectiva por violar a su sobrina menor de edad en reiteradas ocasiones entre los años 2014 y 2016 en San Salvador de Jujuy.

Según informaron desde el Poder Judicial de la provincia, el Tribunal en lo Criminal Nº1 condenó al hombre por ser autor material y penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal”. Además, autorizó, que firme y consentida la sentencia, la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

Así lo resolvieron las juezas Felicia Barrios, María Alejandra Tolaba y María del Rosario Hinojo, tras analizar las testimoniales y pruebas aportadas en el transcurso del juicio oral.

Los hechos

De acuerdo con la acusación formulada por la Fiscalía, entre los años 2014 y 2016 la victima, una nena menor de edad, vivía en el domicilio de un familiar, ubicado en un barrio de los alrededores del centro de San Salvador de Jujuy.

En esas circunstancias fue que el imputado, un tío de la menor, en reiteradas oportunidades le sacaba la ropa y la accedía carnalmente. Esto sucedía tanto en esa casa como en la de la abuela de la víctima, que también vivía allí.

Los fiscales ante el tribunal fueron Marcelo Cuellar y Alejandro Bossatti, quienes solicitaron para el acusado la pena de 12 años de prisión. Las abogadas querellantes, Leyla Rodríguez y Mayelin Pacheco del Centro de Atención a la Victima, requirieron la pena de 15 años de prisión para el acusado. En tanto, la defensa técnica de A.E.E.F. fue ejercida por Adriana Fernández, del Ministerio Público de la Defensa Penal.

Los fundamentos de la sentencia de abuso sexual con acceso carnal se conocerán dentro del plazo legal establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia; a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.

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