El Gobierno de Jujuy estableció por medio de un Decreto N°1195 crear el Sistema de Tarifa de Energía Eléctrica con Subsidio Provincial COVID-19, por el término de 6 meses, para personas jurídicas o humanas que desarrollen actividades económicas o culturales que resultaron afectadas en el marco de la emergencia por la pandemia de coronavirus.
Desde la Secretaría de Energía de la Provincia establecerá los criterios sociales y económicos para acceder al subsidio. También determinará los porcentajes de descuento, topes de consumo a bonificar, reestructurará cuadros tarifarios y llevará adelante el empadronamiento de entidades y personas.
El Ministerio de Desarrollo Económico y Producción determinará las actividades que serán beneficiarias de la tarifa con subsidio provincial. Por otra parte, el Ministerio de Cultura y Turismo definirá las actividades culturales y/o personas jurídicas o humanas que serán beneficiarias. Los servicios serán solicitados directamente ante el organismo competente por los sujetos comprendidos.
El Ministerio de Hacienda fue facultado para crear, modificar y transferir partidas presupuestarias que resulten necesarias para afrontar las erogaciones que deriven del esquema de subsidio.
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