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AFIP oficializó el blanqueo de capitales: todos los detalles

La AFIP también formalizó detalles adicionales sobre las inversiones en bienes raíces y obras en construcción para promover el blanqueo de capitales.

Por  Redacción de TodoJujuy.com

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció este martes nuevos detalles sobre el Régimen de Regularización de Activos contemplado en la ley 27.743, también conocida como Ley Bases, con el objetivo de promover aún más el blanqueo de capitales.

Esta información fue oficializada a través de la Resolución General 5561/2024, que se publicó en el Boletín Oficial y lleva la firma de Florencia Misrahi, la directora del organismo recaudador.

AFIP oficializó más precisiones sobre el blanqueo de capitales.

Como había anticipado la AFIP recientemente, y en respuesta a las inquietudes de los expertos acerca del posible efecto del blanqueo en los monotributistas, la entidad ha formalizado su decisión de no investigar a los contribuyentes del Régimen Simplificado que incurran en evasión.

AFIP: novedades del blanqueo

La AFIP ha ratificado que los activos que los pequeños contribuyentes regularicen no serán motivo para su exclusión del régimen simplificado ni para su recategorización.

Monotributo

La AFIP aclaró que los activos reportados por los pequeños contribuyentes que están registrados en el Régimen Simplificado no se considerarán como antecedentes para excluirlos o recategorizarlos en períodos anteriores a la presentación de la declaración.

La AFIP también oficializó precisiones sobre inversiones en inmuebles y obras en construcción para incentivas el blanqueo.

"Con relación a los sujetos que se encuentren adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), la tenencia declarada voluntariamente en el marco del presente Régimen no deberá ser tenida en cuenta como antecedente a los fines de la exclusión o recategorización del pequeño contribuyente declarante respecto de los períodos anteriores a dicha declaración", señaló la AFIP en su resolución.

Obras en construcción y mejoras sobre Inmuebles

Para demostrar la propiedad, es necesario presentar la escritura de transferencia de dominio. Si no se dispone de esta, se aceptará un boleto de compraventa con posesión u otro acuerdo similar con certificación notarial, siempre y cuando la posesión haya sido entregada antes del 31 de diciembre de 2023.

En cuanto a la valoración de obras y mejoras, se deben presentar facturas o documentos equivalentes que avalen las inversiones realizadas, así como un informe técnico de un profesional que certifique el valor de las mejoras, un certificado de avance de obra o un contrato de locación de obra. Esto incluye bienes de cambio y otros activos.

La medida se oficializó por medio de la Resolución General 5561/2024 publicada en el Boletín Oficial.

Bienes de cambio y otros bienes

La propiedad de los bienes de cambio, aquellos en proceso de producción y los bienes terminados hasta el 31 de diciembre de 2023 se probará mediante facturas de compra o documentos equivalentes específicos para la actividad, contratos vinculados a la adquisición de los bienes o cualquier otra evidencia confiable que demuestre la titularidad, incluyendo detalles como la descripción y la cantidad de los bienes.

La AFIP oficializó su decisión de no investigar a los evasores adheridos al Régimen Simplificado.

Además, la valoración se confirmará con la documentación previamente mencionada y otros documentos adicionales, tales como pólizas de seguro que incluyan la valoración de los bienes, sitios web de compra-venta que indiquen el valor de mercado y/o valoraciones realizadas por profesionales especializados, como martilleros o subastadores. Estas modificaciones buscan mejorar la eficiencia del régimen y proporcionar mayor claridad a los contribuyentes que desean regularizar sus activos.

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