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30 de agosto de 2024 - 09:20
Economía.

AFIP: Dónde acceder al pago adelantado de un impuesto clave

Tras la aprobación del Paquete Fiscal, han llegado nuevas normativas que deben tener en cuenta. ¿Qué implican estas regulaciones y cuál es el proceso a seguir?

Redacción de TodoJujuy
Por  Redacción de TodoJujuy

La Agencia Federal de Administración Tributaria (AFIP) anunció que continuará aplicando un sistema de pago anticipado vinculado a los Bienes Personales, que ofrecerá importantes ventajas para los contribuyentes. ¿Qué es el llamado Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP)? Este fue aprobado por el Congreso nacional a finales de junio junto con la Ley de Bases.

Esta última también contempla una moratoria temporal, el controvertido blanqueo de capitales, modificaciones en el Impuesto a las Ganancias, el Monotributo, entre otros cambios.

Luego de la aprobación del Paquete Fiscal llegaron normativas que deben tener en cuenta.

Es una de las principales herramientas para el blanqueo, ya que reduce las cuotas de los Bienes Personales y ofrece seguridad jurídica a los registrados. Con la adhesión de los contribuyentes, el Gobierno nacional podrá recaudar fondos y alcanzar el déficit cero, un objetivo clave para Javier Mieli.

Este adelanto de pago permite cubrir cinco años de este régimen con una tasa del 0,45% sobre el total de los bienes, lo cual resulta interesante para los monotributistas, ya que actualmente las tasas están entre el 0,5% y el 1,75%.

Beneficios de realizar el pago adelantado

Quienes opten por realizar un pago anticipado podrán inscribirse en el Impuesto de Bienes Personales entre los años 2023 y 2027, con una tasa reducida que va del 0,45% al 0,5%. En el comunicado, la AFIP explicó que el objetivo es que los contribuyentes "se beneficien de la estabilidad fiscal" propuesta por el Ministro de Economía, Luis Caputo, y el Ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger.

AFIP confirmó que se mantendrá un régimen de pago adelantado relacionado con los Bienes Personales con grandes beneficios para las personas.

Dependiendo de sus diversos bienes, los contribuyentes serán excluidos del régimen especial de Bienes Personales para ser incluidos en un impuesto anticipado, quedando organizado de la siguiente forma:

  • Bienes no regularizados por el Régimen de Regularización de Activos del Título II de la Ley N° 27.743 (blanqueo): períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027.
  • Bienes regularizados por el Régimen de Regularización de Activos del Título II de la Ley N° 27.743 (blanqueo): períodos fiscales 2024, 2025, 2026 y 2027.

Fechas claves para acceder al Régimen Especial

La entidad fiscal dirigida por Florencia Mishari estableció que las declaraciones juradas deben ser presentadas y abonadas en las siguientes fechas, según el número de CUIT:

  • Para los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: lunes 26 de agosto, inclusive
  • Para los CUIT terminados en 4, 5 y 6: martes 27 de agosto, inclusive
  • Para los CUIT terminados en 7, 8 y 9: miércoles 28 de agosto, inclusive.
Es una de las herramientas claves para el blanqueo.

Para llevar a cabo este trámite, es necesario completar el formulario F 3337 mediante el “Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales” disponible en la página web de la AFIP. Es importante señalar que el período para adherirse estará abierto desde el 7 de octubre de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025.

Quiénes pueden adherir al REIBP

De acuerdo con los criterios de la administración, las siguientes personas recibirán beneficios:

  • Individuos que, al 31 de diciembre de 2023, tenían el estatus de residentes fiscales en la República Argentina.
  • Las sucesiones indivisas radicadas en el país al 31 de diciembre de 2023.
  • Las personas humanas que al 31 de diciembre de 2023 no revestían la condición de residentes en el país, pero hayan revestido tal condición antes de esa fecha.
Este pago adelantado permite abonar cinco años este régimen con una alícuota del 0,45% sobre el total de su patrimonio.

Los requisitos para formar parte

Los argentinos registrados en la AFIP deberán cumplir con ciertos requisitos para acceder al pago anticipado del Impuesto sobre los Bienes Personales.

  • Poseer un CUIL o CUIT con estado administrativo que debe estar: "Activo: sin limitaciones", "Limitado por Falta de Inscripción en Impuestos/Regímenes", "Limitado por Falta de Presentación de Declaración Jurada", "Limitado por Falta de Movimiento y Empleados en Declaración Jurada" o "Limitado por incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico";
  • Contar con la Clave Fiscal correspondiente, con un nivel de seguridad de al menos 3;
  • Declarar y mantener al día el domicilio fiscal registrado ante la AFIP;
  • Mantener actualizada la actividad económica desarrollada según el "Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario N° 883";
  • Tener Domicilio Fiscal Electrónico, con la debida registración de una dirección de correo electrónico y un número telefónico.
El Gobierno nacional tendrá la posibilidad de recaudar capital y lograr el déficit cero que es bandera de Javier Milei.

Las alícuotas que ofrece

Luego de completar la inscripción antes del 30 de septiembre, será necesario efectuar un pago inicial al régimen. De este modo, se continúa el proceso según "se considerarán los bienes existentes en el patrimonio del contribuyente al 31 de diciembre de 2023" de ese monto se retrae el mínimo no imponible de los Bienes Personales. Así, se indica que "a dicho monto se le aplicará, previa detracción de los conceptos enunciados, la alícuota del 75%, para determinar la suma a ingresar en concepto de pago inicial".

El REIBP fue sancionado por el Congreso nacional a fines de junio junto con la Ley de Bases.

Esta cifra será multiplicada por cinco, y a ese total se le aplicará una tasa del 0,45%. Una vez que se haya abonado íntegramente el adelanto del nuevo régimen, el pago inicial se ajustará a través de la plataforma oficial de la AFIP y, finalmente, "los créditos fiscales, anticipos, pagos a cuenta -incluyendo retenciones y percepciones sufridas- y saldos a favor de libre disponibilidad del impuesto sobre los Bienes Personales computables en el período fiscal 2023, podrán descontarse a los fines de la determinación del pago inicial o pago final del impuesto".

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