La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, publicó hoy en el boletín oficial la medida, que incluye también otros productos quirúrgicos, a través de las disposiciones 7439/2019 y 7441/2019.
Se prohíbe el uso y comercialización de “prótesis mamarias de doble lumen – PM 1671-8, Prótesis mamarias simple lumen – PM 1671-9 y Expansor tisular para prótesis mamarias – PM 1671-13; importados por la firma Allergan Productos Farmacéuticos S.A.".
Pero además, la ANMAT prohibió el uso y comercialización de la “grapadora Intraluminal recta y curva (ILS) registrada bajo el PM 16-729″, importados por la firma Johnson & Johnson Medical S.A.
Cabe recordar que la grapadora es un instrumento médico estéril y articulado utilizado en cirugías gastrointestinales. La prohibición tuvo lugar a partir de la "ocurrencia de eventos adversos serios en pacientes sometidos a procedimientos quirúrgicos en los que se utilizó el producto médico".
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