De un total de 9 domicilios, dos en Jujuy fueron allanados ya que estaban vinculados a una red internacional de pedofilia. Los otros operativos se realizaron en las provincias de Buenos Aires y Tucumán.
El objetivo de la Justicia era desbaratar la conexión argentina de una red virtual internacional de distribución de fotos y videos de abuso sexual infantil. Los procedimientos arrojaron resultados positivos: fueron imputadas ocho personas y fueron secuestrados más de 15 dispositivos electrónicos que se utilizaban para traficar dicho material.
Las víctimas en este caso son desde bebés de meses de vida hasta adolescentes de 13 años. Según se supo, los integrantes de esta organización delictiva intercambiaban las imágenes de menores dedicados a actividades sexuales por medio de WhatsApp: lo hacían a través de un grupo cuya descripción estaba escrita en lenguaje coloquial español.
Los pedófilos tenían como “modus operandi” el descarte y el recambio constante de las tarjetas SIM utilizadas para tal fin.
Detalles del operativo
En el caso de Jujuy, participó la División Operativa de la provincia y es una investigación que se viene desarrollando desde hace más de seis meses por el pedido del fiscal Ernesto Daniel Ichazo, titular de la Unidad Funcional de Instrucción N°8 de Berazategui del Departamento Judicial de Quilmes en Buenos Aires.
Secuestraron celulares, tablets y otros dispositivos de almacenamiento externo que serán peritados en los próximos días. Además, notificaron a los acusados por infracción al artículo 128 del Código Penal (Distribución de Imágenes de Explotación Sexual Infantil).
Este artículo señala que “será reprimido con prisión de tres (3) a seis (6) años el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de dieciocho (18) años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en que participaren dichos menores”.
También establece que “será reprimido con prisión de cuatro (4) meses a un (1) año el que a sabiendas tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior” y “con prisión de seis (6) meses a dos (2) años el que tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el primer párrafo con fines inequívocos de distribución o comercialización”.
“Todas las escalas penales previstas en este artículo se elevarán en un tercio en su mínimo y en su máximo cuando la víctima fuere menor de trece (13) años”, cierra la normativa.
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