La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones importantes en las normativas que rigen la facturación en monedas extranjeras, avanzando hacia el bimonetarismo. Mediante la Resolución General 5616/2024, que fue publicada en el Boletín Oficial, se establecen directrices precisas sobre el tipo de cambio a emplear en transacciones acordadas, facturadas y pagadas en divisas.
El objetivo de esta medida es ajustarse a lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, titulado “Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina”.
Un paso más hacia el bimonetarismo.
Un aspecto clave de la resolución es la aclaración sobre el tipo de cambio oficial a utilizar. ARCA determinó que las transacciones pagadas en la misma moneda deberán basarse en el tipo de cambio vendedor de divisas que informe el Banco de la Nación Argentina (BNA), correspondiente al día hábil previo a la emisión de la factura. Este enfoque introduce una diferencia respecto a prácticas previas, en las que, aunque se utilizaba el tipo de cambio oficial, no se especificaba de manera clara cuál debía aplicarse.
De acuerdo con ARCA, este ajuste impacta de manera directa en los tributos que se determinan y abonan en pesos por transacciones facturadas en divisas extranjeras, al establecer un criterio uniforme para todos los contribuyentes que participan en este tipo de operaciones.
ARCA establece nuevas regulaciones para el tipo de cambio en facturación extranjera.
Facilidades para sistemas electrónicos
La normativa también presenta avances en las plataformas digitales utilizadas para generar comprobantes en monedas extranjeras. Aquellos que utilicen sistemas como "Comprobantes en Línea" o herramientas más sofisticadas como controladores fiscales de última generación, verán automatizada la incorporación del tipo de cambio correspondiente en las facturas electrónicas. Según el comunicado oficial: “Cuando se informe que se cancela en la misma moneda, el sistema consignará el tipo de cambio automáticamente”.
En este marco, Sebastián Domínguez, experto en temas fiscales, subrayó la relevancia de esta claridad en la normativa. “Siempre se tuvo que consignar el tipo de cambio para los efectos impositivos. Lo novedoso de esta resolución es que reglamenta de manera clara cuál debe tomarse: el divisas vendedor del BNA, algo que marca una diferencia frente a la opción de billetes", explicó.
La resolución también incluye medidas para facilitar la transparencia y la uniformidad en las operaciones internacionales.
Domínguez indicó que esta medida resuelve incertidumbres tanto para los contribuyentes como para la administración fiscal, ya que establece un único criterio para las operaciones en divisas. Ayer, el tipo de cambio para divisas vendedor cerró en $1.021,50, mientras que el precio del billete vendedor alcanzó los $1.042,50, lo que muestra una diferencia considerable.
Cronograma de implementación
Un elemento clave de la regulación es el calendario destinado a la actualización de los sistemas de facturación. ARCA fijó plazos específicos para que las empresas y programadores modifiquen sus plataformas tecnológicas.
- 15 de enero de 2025: Se habilitará el servicio de homologación externa para sistemas de facturación electrónica, junto con la publicación de manuales técnicos.
- 5 de marzo de 2025: Se implementarán actualizaciones en el “Facturador Móvil” y en los sistemas de emisión de tiques electrónicos.
- 15 de abril de 2025: Entrará en vigor el uso obligatorio de las nuevas versiones de los sistemas para documentar operaciones en moneda extranjera.
Es importante aclarar que estos cambios no afectan a las operaciones facturadas en pesos que se cobran en dólares.
Mientras no se complete la puesta en marcha de estos sistemas, ARCA señaló que los emisores de facturas deben registrar de forma manual el tipo de cambio divisas vendedor que fija el BNA.
El sitio especializado Ignacio Online destacó la relevancia de estos plazos tanto para los contribuyentes como para los creadores de software. En su evaluación, hizo hincapié en que “las especificaciones técnicas estarán disponibles desde el 15 de enero, permitiendo a las empresas ajustar sus herramientas de facturación en tiempo y forma”. Asimismo, destacó que la regulación también requiere especificar la situación fiscal del cliente en las facturas electrónicas.
Bimonetarismo: facturación en pesos y excepciones
Es esencial precisar que estas modificaciones no impactan en las transacciones facturadas en pesos pero pagadas en dólares. La normativa se enfoca únicamente en las operaciones realizadas en divisas extranjeras, que son registradas y pagadas en la misma moneda. Esta diferencia es crucial para prevenir malentendidos entre aquellos contribuyentes que manejan diversas monedas.
Domínguez añadió que esta decisión elimina dudas para los contribuyentes y para la propia administración tributaria.
Domínguez destacó este punto al afirmar que “las modificaciones no cambian la naturaleza de las facturas emitidas en pesos pero cobradas en dólares. El marco regulatorio sigue siendo distinto para estas situaciones”.
La normativa también establece disposiciones para mejorar la claridad y la consistencia en las transacciones internacionales. Según el anuncio de ARCA, se publicará un listado de divisas con su respectiva cotización en el Banco Nación, disponible en su micrositio “Factura Electrónica”. Para aquellas monedas que no se encuentren en dicho listado, el responsable de la emisión deberá detallar el tipo de cambio empleado, lo que aporta mayor flexibilidad y transparencia en la gestión de estos intercambios.
Según ARCA, este ajuste tiene implicancias directas en los impuestos que se calculan y pagan en pesos por operaciones facturadas en moneda extranjera.
Asimismo, se introducen cambios en los sistemas de generación de comprobantes de las clases "A", "B", "C", "E" y "T". Estas modificaciones afectan tanto a las transacciones locales como a las de exportación, ajustando la normativa a los criterios globales de facturación digital.
Ignacio Online destacó que “estas actualizaciones no solo impactan en el cálculo de los impuestos, sino que también mejoran la operatividad y el cumplimiento normativo de los contribuyentes”.
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