El proyecto de Ley Ómnibus presentado por el presidente Javier Milei ante la legislatura dispone que los habitantes deben solicitar autorización a la cartera de Seguridad a fin de llevar a cabo encuentros en los espacios públicos que congreguen a tres individuos o más.
La medida se encuentra reflejada en la sección asignada por el conjunto de modificaciones a la Interioridad de la Seguridad, proponiendo que, en la eventualidad de que tres individuos o más pretendan congregarse en un área de acceso público, se les requerirá solicitar autorización con un preaviso de 48 horas.
Asimismo, la alteración concede al Ministerio de Seguridad de la Nación la facultad de denegar los encuentros en áreas públicas e inclusive sugerir modificaciones en cuanto a los horarios y ubicaciones en las que se lleva a cabo la reunión.
La disposición se alinea con la sección inaugural del apartado dedicado a la Interioridad de la Seguridad, en la cual, conforme a la perspectiva gubernamental, se pretende normar la estructura de las protestas, imponiendo severas penalizaciones a los coordinadores y a aquellos individuos que obstruyan el desenvolvimiento regular de los servicios de transporte.
Ley ómnibus: las expresiones públicas, una congregación intencional
En esta perspectiva, desde el Poder Ejecutivo se caracterizaron las convocatorias o expresiones públicas como una “congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público”, con el propósito de ejercer el derecho a la protesta.
La introducción de este peculiar requisito para las congregaciones sociales o expresiones en lugares públicos se produce después de diversas movilizaciones en el centro de la ciudad y la puesta en práctica del protocolo contra bloqueos. La más reciente de estas marchas tuvo lugar el miércoles por la mañana y fue liderada por la CGT, la cual solicitó autorización anticipada para llevarla a cabo.
La forma de solicitar autorización para encontrarse en áreas públicas y las pautas establecidas por la ley ómnibus de Milei para ello.
En caso de obtener la aprobación, la legislación que será discutida durante las sesiones extraordinarias, y en ausencia de alteraciones, establecerá que las congregaciones o expresiones deben ser comunicadas al Ministerio de Seguridad con una antelación de 48 horas antes de su realización.
Los participantes en la congregación en el área pública están obligados a proporcionar información detallada sobre los involucrados en el encuentro: la información requerida abarca desde datos sobre la persona u entidad que convoca, detallando "nombres y datos personales", hasta el propósito de la movilización, incluyendo el itinerario, la duración prevista y la estimación de participantes.
Una vez que la cartera de Seguridad haya recibido la totalidad de los detalles, deberá proporcionar una constancia que valide la presentación adecuada. Todos los coordinadores deben poseer dicha certificación en el momento de llevar a cabo la convocatoria.
Si se dispone de la acreditación correspondiente, la congregación podrá llevarse a cabo, siempre y cuando “no estorbe, impida o entorpezca el tránsito”, reza en el paquete de reformas enviado al Congreso este miércoles por la tarde.
La entidad bajo la dirección de Patricia Bullrich también estará facultada para objetar la ejecución de la reunión, “fundamentándose en cuestiones que hagan a la seguridad de las personas o seguridad nacional”. Del mismo modo, podrá proponer modificaciones al horario, ubicación o fecha.
La administración también propone que en caso de que la expresión se lleve a cabo de manera improvisada, la comunicación debe ser presentada “con la mayor antelación posible” y deberá respetar los requisitos mencionados, al igual que el resto de las reuniones.
La propuesta legislativa plantea que si ocurre alguna infracción durante una manifestación autorizada con anterioridad, la entidad de Seguridad tendrá la facultad de requerir a cualquiera de los coordinadores que cesen en el incumplimiento de las normativas y se ajusten a lo establecido.
Simultáneamente, la legislación integral Ómnibus también promueve el establecimiento de un nuevo delito con el fin de “quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad”, los cuales “serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe”.
De este modo, se categorizará como coordinador a cualquier individuo que llame a otros para participar en la congregación. También se podría designar como organizador a aquel que dirija a otros para llevar a cabo la reunión o que suministre cualquier tipo de recurso material o logístico para la realización del encuentro, y/o realice el registro de asistencia, ya sea por medios escritos o a través de grabación de imágenes.
Finalmente, la Ley Ómnibus, presentada ante el Congreso el miércoles por la tarde, establece que los coordinadores “serán solidariamente responsables por los daños que los manifestantes ocasionaren” durante la movilización.
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