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31 de enero de 2024 - 17:15
Política.

Suspendieron artículos del DNU que desregulan incrementos en prepagas

La sentencia impone restricciones a las empresas de seguro médico, permitiéndoles únicamente aplicar aumentos a las prepagas dentro de los límites autorizados.

Redacción de TodoJujuy
Por  Redacción de TodoJujuy

La instancia judicial ha detenido la implementación de los segmentos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido por Javier Milei que buscaban desregular los incrementos en las cuotas de las prepagas. Esta decisión marca otro contratiempo legal para el gobierno, siguiendo la suspensión previa de la propuesta de reforma laboral contemplada en el mismo decreto.

El Tribunal Federal de Primera Instancia en Asuntos Civiles, Comerciales y Contencioso-Administrativos N°2 de San Martín ha concedido la medida cautelar requerida por Rodolfo Francisco Vidal Quera Amengual, ordenando al Gobierno la suspensión de los artículos 267 y 269 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023.

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La sentencia rubricada por Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto también instruyó a SIMECO a "ajustar las tarifas relacionadas con su esquema de atención médica, anulando los incrementos aplicados según lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23".

Las prepagas deberán "efectuar aumentos autorizados"

La determinación del juez federal interino también restringe a “efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en términos del artículo 17 de la ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva, debiéndose acreditar su cumplimiento en el plazo de 48 horas bajo apercibimiento de ley”.

La detención de la desregularización de los incrementos en las compañías de seguro médico ocurre después de un incremento del 40% en enero, y se anticipaba un adicional aumento del 26% en febrero, calculado sobre la tarifa del primer mes del año 2024. Hasta la fecha, los planes de salud han experimentado un aumento acumulado de hasta el 76% en lo que va del año.

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Este reciente dictamen judicial representa la segunda contrariedad legal que enfrenta el Decreto de Necesidad y Urgencia rubricado por Javier Milei apenas días después de su asunción. El precedente tuvo lugar el martes pasado, cuando el sistema judicial laboral suspendió los segmentos del decreto relacionados con la reforma laboral.

La Cámara del Trabajo emitió un veredicto a favor de la Confederación General del Trabajo (CGT), determinando que la modificación laboral presente en el Decreto de Necesidad y Urgencia promulgado por Javier Milei es contraria a la constitución y declarando la invalidez del segmento laboral del mencionado decreto.

La sentencia, suscrita por los magistrados Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, abarca los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97 del DNU, comprendiendo así todos los aspectos relacionados con la reforma laboral propuesta por el gobierno.

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El conflicto entre el Ejecutivo y el Poder Judicial respecto a la validación de los diversos apartados del Decreto de Necesidad y Urgencia ocurre en un momento crucial, coincidiendo con el inicio de las deliberaciones sobre la Ley Ómnibus en la Cámara de Diputados.

La semana anterior, el Poder Ejecutivo cedió el apartado fiscal tras intensas negociaciones con la facción más conciliadora de la oposición. En la actualidad, los debates se centran en las atribuciones excepcionales del Presidente y la privatización de entidades estatales.

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