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23 de enero de 2024 - 12:02
País.

La Justicia rechazó dos amparos para declarar inconstitucional el DNU

Se trata de los primeros fallos que van sobre el reclamo central contra el DNU del presidente, Javier Milei. El decreto sigue vigente.

Gabriela Bernasconi
Por  Gabriela Bernasconi

Este martes por la mañana, el juez en lo contencioso administrativo federal, Enrique Lavié Pico, rechazó los primeros amparos que se presentaron para declarar inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del gobierno de Javier Milei.

Se trata de los primeras resoluciones judiciales que resuelven el fondo de los reclamos, aunque el magistrado no se pronuncia respecto de la constitucionalidad o no. En esta línea, con los rechazos de los amparos el DNU sigue vigente.

Qué dijo el juez sobre los amparos contra el DNU

El juez Lavié Pico se pronunció sobre los casos que presentaron el abogado Jorge Rizzo y la asociación civil Observatorio del Derecho a la Ciudad. Para el magistrado el caso “no cumplió con la carga de poner en evidencia, de manera circunstanciada, la ilegalidad y arbitrariedad que invoca como fundamento de su pretensión”.

Cabe destacar que ambas resoluciones, el juez entendió que el amparo no era la vía adecuada para hacer el reclamo, que quienes iniciaron las causas no tenían legitimación para y que no presentaron un perjuicio concreto que el DNU les causa, y que el Congreso de la Nación -tal como establece la Constitución Nacional- está en plazo para analizar la validez o no del decreto.

Así, el juez no se pronunció concretamente sobre la constitucionalidad del DNU y para eso citó al fiscal Fabián Canda que en su dictamen de ayer sobre el caso señaló que la decisión “no importa de manera alguna un pronunciamiento acerca de la validez constitucional del DNU N° 70/203.”

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Sin embargo, el efecto concreto que tienen los fallos es una suerte de aval al decreto porque sigue en vigencia. Esos fallos tienen la importancia de que son los primeros que analizan el fondo de los reclamos. Hasta el momento lo que se habían dictado eran medidas cautelares, muchas de las cuáles suspendieron tramos del DNU.

Por ejemplo, la justicia del trabajo dictó distintas resoluciones que suspendieron los efectos del título IV del decreto que son las reformas laborales. En otras causas se postergó el aumento de las cuotas de empresas de medicina prepaga.

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