El Ejecutivo informó sobre reducciones en el listado de remedios financiados por PAMI, lo que en la práctica conlleva la supresión completa del programa "Vivir mejor". Esto implica que los jubilados ya no tendrán cinco medicamentos completamente cubiertos, como se había venido ofreciendo hasta el momento, salvo aquellos que realicen un procedimiento particular para acceder al "subsidio social".
Las personas interesadas deben cumplir con diversos requisitos. El principal es que el solicitante no supere un ingreso neto equivalente a 1,5 veces el haber mínimo jubilatorio. En diciembre, este monto rondaba los $389.398. La excepción a esta regla son “los hogares que posean conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD)", en cuyo caso, "los ingresos mensuales totales deberán ser menores a 3 haberes previsionales mínimos”.
Los afiliados no pueden tener un vehículo de menos de 10 años de antigüedad.
Asimismo, aquellos que deseen gestionar el acceso a la cobertura total de medicamentos no pueden estar inscritos en una obra social privada (al mismo tiempo que en PAMI) ni poseer más de una propiedad, vehículos de lujo, aviones o yates. El quinto requisito establece que los beneficiarios no deben tener un auto con menos de 10 años de antigüedad, a excepción de los casos en los que vivan con una persona con discapacidad.
Finalmente, la normativa de PAMI determina que aquellos que deseen acceder a la cobertura total de medicamentos no pueden ser propietarios de “de activos societarios que demuestren capacidad económica plena”.
Excepciones a las reglas para pedir el subsidio del PAMI
Los beneficiarios que no cumplan con los requisitos 1 y 2 (relacionados con el haber mínimo y la medicina prepaga) pero que enfrenten un alto costo de medicamentos recetados por su médico, pueden también solicitar el subsidio.
Ya no habrá cinco medicamentos cubiertos al 100% por jubilado.
El criterio establecido por el Gobierno es que este gasto debe representar al menos un 15% de los ingresos mensuales del solicitante.
Finalmente, ninguna de las condiciones mencionadas previamente aplica para los “Afiliados Veteranos de Guerra del Atlántico Sur”. Este grupo puede acceder directamente al subsidio social por vía de excepción, según lo ha dispuesto el actual gobierno.
Qué documentación se requiere para pedir el subsidio del PAMI
Para pedir el subsidio, hay que presentar la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad.
- Prescripción de los medicamentos requeridos, proporcionada por el médico de cabecera o un especialista, que incluya el diagnóstico que justifica el tratamiento, ya sea de manera detallada o mediante el código correspondiente de la CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, décima edición).
Las personas deben cumplir con varios requisitos.
- Declaración jurada, que se descarga de la web del PAMI.
- Si se requiere más de cuatro medicamentos a través del Subsidio Social, será necesario completar el formulario correspondiente, el cual también se puede descargar desde la página web de la obra social.
Para la renovación del subsidio, se debe presentar:
- Prescripción de los medicamentos requeridos, elaborada por el médico generalista o especialista, junto con el diagnóstico que justifica la prestación, ya sea especificado de manera detallada o utilizando la codificación CIE-10.
- Declaración jurada.
Quiénes pueden tramitar el subsidio
De acuerdo con lo comunicado por el PAMI, el procedimiento para solicitar el subsidio puede ser llevado a cabo por el propio afiliado, sus familiares o representantes legales.
El trámite web se realiza por la web, desde celular, tablet o computadora en el sitio.
El trámite web se realiza por la web, desde celular, tablet o computadora en el sitio https://www.pami.org.ar/tramite/medicamentos-razones-sociales. También se puede hacer presencial en una agencia, para lo que hay que sacar turno online.
Desde ya, quienes estén en esa situación deberán demostrarlo, y se puede presumir que el trámite no es tan sencillo, ya que implica presentar tres documentos puntuales, dice la resolución correspondiente: "Informe social (disposición 7339/GPSyC/13) y escala de vulnerabilidad Socio-sanitaria (disposición 306/GPSyC/05); y revalidación médica".
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