El Día del Empleado de Comercio en Argentina, que normalmente se conmemora el 26 de septiembre, fue trasladado este 2024. Por lo tanto, muchos se preguntan cuándo cerrarán los centros comerciales, supermercados y otros establecimientos donde los trabajadores celebran esta fecha como feriado nacional.
El cambio de fecha se realiza según lo acordado por el sindicato y las cámaras empresariales del sector, que tienen la facultad de reprogramar la celebración para asegurar un fin de semana largo. Así, en esta ocasión, la festividad se moverá al lunes 30 de septiembre.
La jornada quedó establecida a través de la ley 26.541, sancionada el 10 diciembre de 2009.
Qué comercios cierran sus puertas el 30 de septiembre
El acuerdo laboral de la Faecys (Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios) establece quiénes pertenecen a esta categoría: “Todos los trabajadores que desempeñen como empleados u obreros en cualquiera de las ramas del comercio o en actividades civiles con fines de lucro o como administrativos en explotaciones industriales en general, o que tengan boca de expendio de los productos que elaboran, y en las agropecuarias”.
Además de la mayoría de los establecimientos, las grandes cadenas de supermercados y los centros comerciales también permanecen cerrados durante el Día del Empleado de Comercio.
No se verá afectado el transporte público, como ocurre con los días de asueto.
Es importante señalar que, aunque los miembros de esta federación de sindicatos consideran esta fecha como un feriado nacional, no aplica para la población en general, por lo que las demás actividades continuarán con normalidad. Asimismo, el transporte público no sufrirá alteraciones, a diferencia de lo que sucede en los días de descanso.
Los orígenes del feriado para el empleado de comercio
La fecha fue fijada mediante la ley 26.541, aprobada el 10 de diciembre de 2009, en la que se estipula en su segundo artículo que “en dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales”.
Al equipararse a este tipo de fechas, esto implica que los propietarios de negocios que requieran a sus empleados durante el día de descanso deberán remunerarlos al doble, tal como lo establece la Ley de Contrato de Trabajo.
Además, desde Faecys señalaron que se determina que “el lunes en que se conmemorará el Día del Empleado de Comercio no se podrá otorgar como franco compensatorio de descanso semanal”.
El corrimiento de la fecha se hace de acuerdo a lo definido por el gremio y las cámaras empresarias del sector.
La conmemoración originalmente hace referencia al año 1934, cuando se regularon las relaciones laborales del sector mediante la aprobación de la ley n°11.729, durante el mandato de Agustín Pedro Justo.
Esta normativa, impulsada por lo que en ese entonces se conocía como la Federación Argentina de Empleados de Comercio, estableció, entre otros derechos laborales, la compensación por despido y el permiso por enfermedades y accidentes para los trabajadores del comercio.
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