En el barrio la Estación de Flores en la ciudad de Córdoba dos perros de raza dogo argentino atacaron a una joven de 15 años de nombre Trinidad que falleció en la madrugada del domingo, el dueño de los animales lo imputaron por homicidio culposo “Pido mil perdones a la familia”, dijo el acusado.
La adolescente de 15 años falleció esta madrugada a raíz de las heridas provocadas por dos perros raza dogo argentino. La joven salió a pasear y fue abordada en la vía pública por los animales en la calle Bucarest al 4.800, tras lo cual fue derivada en grave estado e inconsciente al Hospital de Urgencias Municipal.
Producto del ataque, la chica sufrió graves heridas en la cabeza, con traumatismos de cráneo y cervical, por lo que fue intervenida quirúrgicamente, pero no sobrevivió: falleció poco antes de las 4 de este lunes a causa de un paro cardio respiratorio.
El dueño de los animales, que fueron sacrificados a cuchillazos por un vecino, fue imputado por el delito de “homicidio culposo y lesiones culposas”.
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Córdoba: una joven falleció tras el ataque de dos dogos
LEY EN LA PROVINCIA DE JUJUY POR TENER PERROS SUELTOS PELIGROSOS
La ley también sanciona con la misma pena a “todo propietario, tenedor y guía o paseador de perros” que incumpla las siguientes obligaciones:
a) Vacunar contra la rabia y otras enfermedades determinadas por la Autoridad Sanitaria Provincial, de acuerdo con la situación epidemiológica de la Provincia o de la región;
b) Proporcionar alimentación sana y nutritiva, según la especie;
c) Otorgar las condiciones de vida adecuadas y un hábitat dentro de un entorno saludable;
d) Educar, socializar e interactuar con el perro en la comunidad;
e) Mantener al animal en buenas condiciones físicas e higiénicas, tanto en su hábitat como al momento de transportarlo, según los requerimientos de su especie;
f) Mantener únicamente el número de perros que le permita cumplir satisfactoriamente las normas de bienestar animal;
g) Mantener la mascota dentro de su domicilio, con las debidas seguridades, a fin de evitar situaciones de peligro y/o molestia tanto para las personas y otros animales como para el propio animal;
h) Pasear a sus perros por las vías y espacios públicos, con el correspondiente collar y sujetos con correa de tal manera que facilite su interacción;
i) Recoger y disponer sanitariamente los desechos producidos por los perros en la vía o espacios públicos por los que se realizare el paseo;
j) Cuidar que los perros no causen molestias a los vecinos de la zona donde habitan, debido a ruidos y malos olores que pudieran provocar;
k) Reparar en forma integral los daños causados a terceros por el animal.
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