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5 de enero de 2024 - 15:02
Política.

El DNU de Javier Milei ingresó al Congreso: no hay comisión para tratarlo

El mega decreto con 366 artículos fue enviado por el Gobierno y sólo resta que se defina la comisión que lo tratará.

Este viernes 5 de enero ingresó el DNU( Decreto de Necesidad y Urgencia) presentado por el Gobierno de Javier Milei al Congreso. Lo cierto es que aún la Cámara de Diputados no definió a los integrantes de la comisión, a diferencia de lo ocurrido en el Senado.

Según la ley que regula el tratamiento de los decretos presidenciales, la Bicameral de Trámite Legislativo tendría que analizarlo dentro de los próximos 10 días hábiles. La misma la integran ocho senadores y ocho diputados. La Cámara Alta, donde manda Victoria Villarruel, ya definió y comunicó a los integrantes la semana pasada. La Cámara Baja, que preside Martín Menem, aún no los nombró.

JAvier Milei y Victoria Villarruel.jpg

Primer plazo del DNU cumplido

Como se informó, el DNU 70/23, que supone una importante desregulación de la economía y la derogación de muchas leyes, fue firmado por Milei y publicado en el Boletín Oficial el 21 de diciembre. Comenzó a regir el pasado viernes, 8 días más tarde como marca la ley. El Ejecutivo cumplió hoy con el primer plazo legal: lo envió al Congreso.

Una vez que el DNU fue emitido, el Congreso tiene la facultad de revisarlo y decidir si continúa en vigencia o no. Este tipo de legislación está contemplado en el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional.

Características del DNU:

  • El Congreso tiene la potestad de evaluar cualquier DNU y determinar su vigencia.
  • Como su nombre indica, los DNU solo deben ser emitidos en circunstancias excepcionales, cuando resulta imposible seguir los procedimientos normales para aprobar leyes a través del Congreso. Además, no pueden abordar temas relacionados con la legislación penal, tributaria, electoral o el régimen de partidos políticos.
  • Al igual que los decretos comunes, los DNU son emitidos por el presidente de la Nación, pero en consulta con todos los ministros y el jefe de Gabinete de Ministros.
  • Después de la emisión del DNU, el jefe de Gabinete debe presentarse ante la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, compuesta por 8 diputados y 8 senadores, en un plazo máximo de 10 días. Esta comisión debe elaborar un dictamen y enviarlo a cada Cámara legislativa para su consideración, también en un plazo de 10 días. Es importante destacar que, durante este período, el DNU permanece plenamente vigente.
  • Cada cámara del Congreso debe emitir una resolución expresando su apoyo o rechazo al DNU. Si ambas cámaras rechazan el decreto, este pierde su validez de manera permanente.

FUENTE: tn

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