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6 de octubre de 2025 - 13:58
Legislatura.

Alejandro Bossatti es el nuevo Procurador General del Ministerio Público de la Acusación

La Legislatura de Jujuy aprobó la designación de Alejandro Bossatti como el nuevo Procurador General del MPA en reemplazo de Sergio Lello Sánchez.

Gabriela Bernasconi
Por  Gabriela Bernasconi

En la cuarta sesión especial de la Legislatura de Jujuy, realizada este lunes 6 de octubre, se aprobó la designación de Alejandro Bossatti como nuevo Procurador General del Ministerio Público de la Acusación (MPA), en reemplazo de Sergio Lello Sánchez. Mientras que Gonzalo de La Colina, asumirá como procurador general adjunto.

El pasado 2 de octubre ingresó a la Legislatura un pedido de juicio político contra el Procurador General del Ministerio Público de la Acusación, Sergio Lello Sánchez y el procurador general adjunto Ignacio Pasquini, el cual fue admitido por los diputados.

Embed - EN VIVO | Legislatura de Jujuy | 3ª SESIÓN ESPECIAL 06-10-2025

Análisis de los pedidos de acuerdo de Bossatti y De La Colina

Luego de finalizar la tercera sesión especial, la Comisión de Asuntos Institucionales avanzó con el análisis de los pliegos de la designación, tanto de Alejandro Bossatti como así también, de Gonzalo De La Colina.

Una vez que culminaron con las entrevistas de los funcionarios propuestos por el Ejecutivo Provincial, se avanzó con el desarrollo de la cuarta sesión especial en la Legislatura.

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Cuarta sesión especial: aprobaron a Bossatti como Procurador General del MPA

Pasadas las 13.30 del lunes, los diputados provinciales llevaron adelante la cuarta sesión especial para tratar los pedidos de acuerdo del Ejecutivo. En ese marco, se aprobó la designación de Alejandro Bossatti como Procurador General y de Gonzalo De La Colina como Procurador Adjunto, respectivamente.

El juramento a ambos abogados estaría prevista para este lunes 6 de octubre, a partir de las 18 horas, en Casa de Gobierno.

Embed - EN VIVO | Legislatura de Jujuy | 4ª SESIÓN ESPECIAL 06-10-2025

Detalles de la renuncia de Sergio Lello Sánchez

La denuncia fue aprobada para que pase a la Comisión Investigadora y fue formulada por Walter Hugo Rondón, Agustina Aramayo, Augusto Baiud, Carlos Ariel Gil Urquiola, Cristian Rivero, Rodrigo Fernández Ríos.

En el escrito también se pide que el juez de control disponga allanamientos "de las oficinas del Ministerio Publico de la Acusación y de los inmuebles que resulten vinculados a la investigación, ordenando el secuestro de los siguientes elementos: equipos informáticos (PC, notebooks, netbooks), discos rígidos, dispositivos de almacenamiento, servidores, teléfonos corporativos, documentación relativa a legajos personales de funcionarios y magistrados, registros de subastas, convenios y cualquier otro documento o soporte que pueda resultar de interés para la investigación".

Qué más dice la denuncia que ingresó a la Legislatura

"CONSIDERANDO: Que hay indicación precisa y circunstanciada de hechos, conductas atribuidas, causal constitucional ofrecimiento de prueba documental, testimonial e informativa, de curso independiente a la pretendida probación a los sucesos denunciados, con lo que se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 250 del Reglamento de la Legislatura de la Provincia Jujuy.

Que es función de esta Comisión investigar la verdad de los hechos en que se basa la denuncia presentada, respetando las declaraciones, derechos y garantías que la Constitución reconoce a todos los ciudadanos, por lo que se debe dar traslado a los denunciados a efectos que la contesten y ofrezcan las pruebas que estime pertinentes en su descargo.

Lello Sánchez

Que, a los fines de cumplir con su cometido, la Comisión Investigadora tiene las más amplias facultades, por lo que debe velar por la indemnidad de la prueba y de los testigos ofrecidos así como de solicitar las medidas necesarias, y la colaboración de los organismos que estime corresponder.

Que frente a la gravedad y entidad de los hechos denunciados, y a la posibilidad de que pueda alterarse o. perderse prueba y/o influir sobre las personas ofrecidas como testigos, los que se encuentran bajo la órbita de autoridad y custodia de los denunciados, a los fines de proteger y conservar las mismas, debe disponerse la suspensión preventiva del Procurador General y del Procurador General Adjunto del MPA, con goce de haberes, así como la prohibición a los denunciados de entorpecer por cualquier medio la investigación.

ART 4: disponer la suspensión preventiva del Procurador General y del Procurador General Adjunto del MPA, con goce de haberes, hasta tanto se produzca la totalidad de la prueba, la custodia policial de los edificios del MPA, así como de sus dependencias, impidiendo el acceso de los denunciados a los mismos, hasta la culminación del presente proceso. Asimismo deberán abstenerse de realizar cualquier acto o declaraciones públicas tendientes a entorpecer la investigación".

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