ARCA comienza a controlar las operaciones bancarias a partir de octubre de 2025 y actualizó los topes a partir de los que monitoreará las transferencias realizadas a través de entidades bancarias y billeteras virtuales de forma automática. Desde el organismo explicaron que se trata de una “actualización semestral automática basada en el IPC elaborado por el INDEC, conforme a lo dispuesto en la Resolución General 5512/2024".
La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero implementará un seguimiento sobre aquellas transferencias de sumas elevadas de dinero, cuyo origen no sea confiable, y solicitará un pedido de información adicional.
Documentos que ARCA considera como revisables
- Facturas emitidas,
- Recibos de honorarios,
- Boletos de compraventa de inmuebles o vehículos,
- Comprobantes de préstamos declarados o certificaciones contables.
En caso de no poder justificar la procedencia de la plata recibida, “la operación podría quedar retenida o derivar en sanciones”. Sin embargo, puede presentarse la declaración respaldatoria para destrabar la acreditación.
Qué pasa cuando una persona o empresa excede los montos permitidos
Cuando una persona o empresa excede los montos permitidos, ARCA requiere documentación que respalde el origen de los fondos. Entre los comprobantes que pueden solicitarse se incluyen: recibos de sueldo o comprobantes de jubilación, declaraciones juradas de impuestos, facturas por ventas o servicios y constancia de transferencias anteriores.
ARCA -
ARCA - Los nuevos topes de transferencias bancarias a partir de octubre 2025
Cuáles son los topes máximos permitidos por ARCA para operaciones bancarias
- Transferencias o acreditaciones: $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.
- Extracciones en efectivo: $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
- Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000
- Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.
- Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
- Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
- Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
- Pagos: el límite aumenta a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.
El impacto concreto para el público dependerá de su perfil usuario: quienes ya hacen transferencias de montos elevados sentirán el efecto más rápido. Para la mayoría de los usuarios promedio no habrá grandes modificaciones.
¿Por qué se actualizan los topes de transferencias bancarias?
Los topes de transferencias bancarias se actualizan principalmente para adecuar el control fiscal y financiero a la inflación y a la evolución económica, evitando que grandes movimientos de dinero pasen inadvertidos y promoviendo la transparencia en el origen de los fondos. En Argentina, la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ajusta semestralmente estos límites basándose en el índice de precios al consumidor (IPC) elaborado por el INDEC.
La actualización de estos topes permite un mejor control de las operaciones financieras, la prevención del lavado de dinero y la detección de irregularidades tributarias, sin bloquear automáticamente las transferencias pero sí requiriendo revisión en caso de superar los umbrales establecidos.
¿Qué hago si me bloquearon la cuenta bancaria?
Si te bloquean la cuenta bancaria, lo primero que debe hacerse es contactar con el banco para saber el motivo del bloqueo. Las causas comunes pueden ser falta de documentación, actividad sospechosa, orden judicial o embargo, deudas con el banco, o incumplimiento de obligaciones tributarias. Luego, hay que regularizar la situación entregando la documentación o pagando lo pendiente. Una vez solucionado, el banco debería desbloquear la cuenta y es recomendable solicitar un comprobante de desbloqueo. Mientras la cuenta esté bloqueada no se podrá sacar ni ingresar dinero, ni recibir pagos como la nómina.
Si el banco no brinda una solución, se puede presentar una reclamación formal ante el banco o acudir a organismos reguladores. En casos judiciales o legales, puede ser necesario asesoramiento profesional para resolver el problema. El tiempo para el desbloqueo varía según la causa, desde pocas horas hasta semanas.
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