Todos los días se ven animales sueltos en las rutas de la provincia. El sábado hubo un accidente con un caballo en la ruta, el lunes en TodoJujuy.com recibimos por teléfono una denuncia por animales sueltos. Fuimos el miércoles y el jueves a tomar imágenes, y en ambos casos vimos animales sueltos, en la banquina y atravesando la ruta a paso lento.
Aparentemente, todos los días se cometen estas faltas contravencionales, y sin embargo, sólo llegan al juzgado una por semana. ¿Qué sucede?
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Matías Ustárez es el juez contravencional al que le llegan estos expedientes. La mayoría (29) de las 35 causas que le llegaron, corresponde a la Unidad Regional 6, que pertenece a Perico, El Carmen. “De la Unidad Regional 1 que es de la zona de Lozano, Yala, tenemos 5 causas. Y de la UR 7, una causa”, detalló el juez y agregó que eso “no quita que haya expedientes en la policía y en el departamento contravencional que aun no han sido elevados”.
La policía provincial es la autoridad encargada de controlar que no haya animales en la ruta y la que recibe las denuncias. “Yo sugiero que las personas que vean animales sueltos en las rutas den aviso al 911. Eso le permite a la policía determinar dónde están los animales y mandar el camión jaula para detenerlos”.
“Tengo entendido que la policía hace 3 recorridos diarios por la zona y levanta caballos cuando los encuentra, pero hay pocos recursos, la policía no tiene muchos camiones”, agregó Ustárez.
Contravención, causa civil y causa penal
El juez también explicó cuál es la situación legal de quienes violen el artículo 87 del Código Contravencional que hace referencia a los animales sueltos.
“Las multas están alrededor de 10 mil pesos. En caso de que sea reincidente no hay límite máximo, en la primera instancia ese es el monto de la multa y si el infractor reconoce la infracción puede efectuar el pago mínimo por primera y única vez”.
Consultado sobre la situación en caso de que un animal ocasione un accidente en la ruta, el juez señaló que hay que distinguir una causa penal de una civil. Si no hay heridos, y sólo se trata de daños y perjuicios, lo que corresponde es una denuncia civil. Además “la justicia contravencional avanza e inicia el juicio contra el supuesto infractor”.
En caso de que haya alguna persona herida, se trata de un delito penal. En ese caso, “el juzgado contravencional no puede intervenir porque la justicia penal desplaza a la justicia contravencional”, finalizó.
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