Como todos los años, la ANSES paga la Ayuda Escolar Anual correspondiente al ciclo lectivo 2013 a todos los trabajadores registrados, beneficiarios de ART y de la Prestación por Desempleo que perciban Asignaciones Familiares. En febrero ya la percibieron los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), es decir jubilados y pensionados.
El período para presentar el certificado ante la ANSES es desde el inicio del ciclo lectivo hasta el 31 de octubre, solicitando un turno previamente desde el sitio www.anses.gob.ar o comunicándose al 130. Si se trata de niños que concurren a escuelas de verano, como en algunas localidades de la quebrada y puna habrá tiempo de presentarlo hasta el 31 de diciembre de cada año.
Es importante destacar que en el caso de los retirados de la policía de la provincia de Jujuy, el plazo para la presentación de los formularios vence el 27 de Abril de este año.
Procedimiento
Para acreditar la escolaridad los beneficiarios deberán seguir el mismo procedimiento aplicado en el año 2012.
Podrán descargar el Formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial” q disponible en la página web de organismo, www.anses.gob.ar, en la sección Temas más consultados / Ayuda Escolar Anual.
Deberán completar en línea un formulario por cada chico en edad escolar e imprimirlo. Posteriormente, deberá llevarlo al establecimiento educativo para acreditar la concurrencia de los chicos al colegio o centro de rehabilitación y/o enseñanza diferencial. Una vez completado, habrá que presentarlo en las delegaciones de ANSES previa solicitud de turno.
Montos
El valor general de la asignación es de $170 y asciende hasta $680, según la zona geográfica donde el trabajador desarrolla tareas, o hasta $ 340, según la zona de residencia de los jubilados y pensionados.
El pago será masivo –es decir se efectivizará aún antes de la presentación de los formularios- para aquellos menores de 17 años que hayan acreditado ante la ANSES la asistencia al ciclo lectivo 2012. Es necesario que concurran al Nivel Inicial, Primario o EGB, Secundario o Polimodal, o que reciban educación especial o rehabilitación en el caso de hijos con discapacidad.
Los beneficiarios de la Ayuda Escolar Anual deberán, obligatoriamente, presentar el certificado de asistencia a la escuela todos los años. Caso contrario, el monto abonado a principio de año será descontado de las futuras liquidaciones de asignaciones familiares.
A los beneficiarios en condiciones de percibir la ayuda que no hayan recibido el pago masivo hasta abril de este año se les abonará la asignación contra presentación del Formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial”
¿Cuándo hace el pago masivo la ANSES?
- Para los trabajadores y beneficiarios de ART de empresas incorporadas al SUAF se pone al pago en marzo o abril de cada año.
- Para los beneficiarios de la Prestación por Desempleo se abonó a fines de febrero para los que perciben el Plan 1 y a principios de marzo para los del Plan 2.
- Para los jubilados y pensionados se pagó en el mes de febrero junto con los haberes.
Quienes no deben presentar el formulario de Ayuda Escolar?
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo (no les corresponde la Ayuda Escolar)
- Trabajadores del estado provincial (cobran Asignaciones Familiares a través de Contaduría de la Provincia)
- Aquellos beneficiarios de la Ayuda Escolar Anual que ya hayan presentado el formulario PS 2.68 en el presente año 2013.
Para más información acerca de la Ayuda Escolar Anual, se puede ingresar al sitio web de la ANSES o en el link http://www.anses.gob.ar/general/ayuda-escolar-anual-277
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