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Desde hoy es más fácil obtener el DNI para los niños y adolescentes que no fueron inscriptos

Los menores en estas condiciones debían recurrir a un proceso judicial para obtenerlo. La medida rige en todo el país.

Desde hoy es más simple tramitar el primer Documento Nacional de Identidad para los personas de entre 13 y 18 años que no hayan sido inscriptos previamente. La medida, publicada en el Boletín Oficial, se aplicará en Jujuy y en el resto de Argentina y alcanza a miembros de pueblos indígenas mayores de edad que se encuentren en esta situación.

Octavio Rivas, director del Registro Civil, confirmó la medida tomada por el Estado nacional a través del decreto 185/2019, y resaltó que es una medida que se hace cada año, pero esta vez hubo un cambio sustancial. “Este año se extendió la medida hasta los 18 años, porque hasta ayer era solo hasta los 12”, le dijo a TodoJujuy.com. En el 2009 la entonces presidente Cristina Kirchner llevó el límite de los 40 días a los 12 años.

Rivas dijo que esto implica que aquellos que quieran obtener el DNI, o estén en medio del trámite, “ya no tendrán que atravesar un complejo proceso judicial, sino que se les será otorgado por resolución administrativa”. El proceso será gratuito y quienes lo realicen estarán exentos de pagar cualquier multa o impuesto que se les pudiera haber llegado a cobrar.

El decreto explica que la decisión tiene como objetivo evitar las excesivas demoras que padecen personas recién nacidas, niñas, niños y adolescentes, como también los integrantes de pueblos indígenas, con todos los perjuicios que tal circunstancia les acarrea. “Todos estos trámites se facilitan o lo podrán hacer en el propio Registro Civil. Y esto rige para comunidades aborígenes censadas también. Este decreto facilita la inscripción para que tengan acceso al DNI y todos sus derechos”, detalló Rivas.

El decreto indica que, para acreditar el nacimiento, se admitirá el certificado médico u obstétrica que fuera expedido, o en su defecto un certificado expedido por un establecimiento público médico asistencial con determinación de edad presunta y sexo, conteniendo los datos declarados del menor y la fecha y lugar del nacimiento.

Los datos sobre la fecha y lugar del nacimiento surgirán de una declaración de dos testigos, mayores de edad, con Documento Nacional de Identidad, formulada ante un Oficial Público competente en el Registro Civil. En todos los casos se debe presentar un informe negativo de inscripción de nacimiento expedido por la autoridad competente en el presunto lugar de nacimiento, y la presencia de padre o madre con DNI. Si uno o ambos padres no tuvieran DNI se requerirá también la presencia de dos testigos mayores que tengan documento y puedan acreditar su identidad.

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