Hay casos particulares en los cuales personal de la Secretaría de Seguridad Vial tiene la potestad de retenerle de forma preventiva al conductor/a la licencia de conducir.
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SUSCRIBITEHay casos particulares en los cuales personal de la Secretaría de Seguridad Vial tiene la potestad de retenerle de forma preventiva al conductor/a la licencia de conducir.
Según lo establecido en Nº 27 BIS de la Ley Nº 24449/98, se puede retener en las siguientes circunstancias:
- Alcoholemia positiva
- Exceso de velocidad (sólo hay un 10% de tolerancia)
- Cruzar el semáforo en rojo
- Conducción en contramano
Cabe aclarar que el personal de Seguridad Vial no retiene ningún otro tipo de documentación que no sea la anteriormente mencionada.
Hasta el momento y en lo que va de este 2023, son 36 los jujeños a los que les fue retenida la licencia de conducir por cometer diferentes tipos de infracciones como las mencionadas anteriormente. En su gran mayoría se trata de casos de alcoholemia positiva.
¿Qué es el sistema Scoring?
En tal sentido, el Secretario de Seguridad Vial, Alejandro Marenco expresó que el sistema Scoring es una herramienta que permite detectar aquellos conductores que no cumplen con las normas de tránsito y exponen no tan solo su vida, sino la de otros en la vía pública.
Continuando, señaló que la normativa se rige por el descuento de puntos según la falta, ya sea por conducir con graduación alcohólica, conducir sin revisión técnica, circular en moto sin usar casco, superar las velocidades máximas, entre otras.
La forma de consulta Mi Scoring, lo que hay que hacer es lo siguiente:
Ingresar al sitio Mi Scoring -hacer click aquí-
Ingresar tipo de DNI, número de DNI y sexo.
Presionar en "consultar" y, a continuación, aparecerá en pantalla los puntos actuales del conductor.
Es importante verificar tener todo en regla para evitar multas y sanciones en los controles de la ruta a la hora de salir de vacaciones.
Para conocer cuáles son las infracciones que más puntos descuentan está el decreto Dec, 242/22, que reemplaza al Dec. 437/11:
- Por participar u organizar, en la vía pública, competencias no autorizadas de destreza o velocidad con automotores (20 puntos).
- Por conducir estando inhabilitado o con la habilitación suspendida (20 puntos).
- Por sobrepasar sin tener la visibilidad suficiente y/o iniciar la maniobra si se aproxima a una encrucijada, curva, puente, cima de la vía o lugar peligroso (10 puntos).
- Por no respetar los límites reglamentarios de velocidad previstos, en caso de que el exceso de velocidad supere el 30% del máximo permitido (10 puntos).
- Por no cumplir con las obligaciones legales para partícipes de un accidente de tránsito (10 puntos).
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