El Secretario de Seguridad de la provincia, Ekel Meyer, estuvo presente en el Consejo Federal de Seguridad Interior y en donde, junto a 21 provincias, adhirieron al Protocolo de Actuación en manifestaciones públicas. En el mismo se explicita la metodología de las fuerzas de seguridad nacional y provincial frente a este tipo de hechos.
“El protocolo será llevado por el gobierno nacional en estos días, para que todo el mundo sepa cuál será la forma de manifestación de las fuerzas”, expresó Meyer.
En otro momento de la entrevista dijo que: “lo primero que hay que aclarar con respecto a este protocolo, es que garantiza el derecho a reclamo de aquellos que quieran ejercer el mismo con la Constitución lo plantea”.
Básicamente explicó que hay dos tipos de manifestaciones: aquellas previamente anunciadas y aquellas espontáneas. En el primer caso, pueden, junto al gobierno local o nacional, prever una marcha que sea acompañada hasta el lugar que ha sido previamente anunciado. “En caso de que los manifestantes anuncien previamente su recorrido, se les garantizará el mismo y lo podrán concretar de forma normal y pacífica”.
En el otro, se pone en marcha el protocolo que consta de diferentes pasos. Entre ellos tratar de dialogar con el “cabecilla” o quienes están encabezando la misma, explicándoles que están en flagrancia del delito. Posteriormente se les notifica que deben cesar de tal situación y que pueden hacerlo de forma distinta sin cometer esta falta.
“Se los notifica bajo el apercibimiento, y de ser presentada la denuncia ante el juez correspondiente. Si no deponen su actitud, la autoridad policial lo hace público a viva voz, y si no deponen su actitud, se le da inmediata participación al juez a la vez que debe despejar la vía que se encuentra obstruyendo en ese momento y esperar su resolución”, explicó el Secretario de Seguridad.
Posteriormente se intenta hablar nuevamente con quienes encabezan la manifestación a través de un nuevo método de negociación para que puedan continuar su reclamo, pero respetando la libre transitabilidad y cesando la falta de cumplimiento del Art. 194 del Código penal.
Por último, Meyer aclaró que “la aplicación del uso de la fuerza debe hacerse de forma racional, meritoria y siempre y cuando corresponda. Cada actuación debe ser notificada a la autoridad competente.”
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