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28 de octubre de 2020 - 09:12
"propagación de una enfermedad contagiosa"

Orán: La justicia definió la pena al "caso cero"

Trabajos comunitarios y una suma de dinero es la pena que la Justicia de Orán le dio al camionero que propagó el virus.

Maria Eugenia Burgos
Por  Maria Eugenia Burgos

El Poder Judicial salteño ordenó que un imputado, conocido como “caso cero” de coronavirus en la ciudad de Orán done plasma, realice un aporte de insumos médicos por 30 mil pesos y cumpla con cuatro horas semanales de trabajo comunitario en el hospital San Vicente de Paúl.

La pena recaerá sobre un joven camionero, el primer contagiado de Orán, que incumplió con las medidas de aislamiento en junio y provocó el contagio de otras ocho personas, entre amigos y familiares.

La investigación se abrió el 16 de junio, cuando se formalizó la imputación penal contra un joven. Estaba acusado de "propagación de una enfermedad contagiosa”, establecido en el artículo 202 del Código Penal.

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Orán: La justicia definió la pena al "caso cero" 

Orán: La justicia definió la pena al "caso cero"

Tras cuatro meses de proceso, la investigación penal abierta en junio fue cerrada el 16 de octubre en una audiencia de acuerdo pleno, en la que el juez de revisión, Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas, homologó la suspensión de juicio a prueba propuesta por las partes.

En la audiencia, el fiscal José Luis Bruno, junto a la auxiliar María del Carmen Núñez, en representación de la Sede Fiscal Descentralizada de Orán, presentaron el caso, las pruebas y el acuerdo con la defensa a fin de cerrar el conflicto, en este caso de la mano de una de las salidas alternativas contempladas por el Código Procesal Penal Federal (CPPF).

En su exposición, Bruno recordó que el nuevo código, vigente en Salta y Jujuy desde el 10 de junio de 2019, “dispone que los jueces y fiscales deben procurar la solución de conflictos dando preferencias a las salidas alternativas”.

Así, y en esa tarea de arribar a una “salida de mayor calidad del sistema”, la fiscalía solicitó la aprobación del acuerdo arribado con la defensa, a través del cual el imputado deberá cumplir con una donación de 30 mil pesos, a pagar en cuotas mensuales y en materiales de insumos y otros elementos médicos, para el hospital San Vicente de Paul.

El acuerdo, ante la consulta del magistrado, fue consentido por el imputado, cuya conducta una vez iniciada las actuaciones penales fue tenida en cuenta y resaltada en la audiencia, pues se mantuvo aislado y en cumplimiento de las medidas sanitarias en curso.

En ese marco, se destacó la donación de plasma por parte del acusado, realizada en dos ocasiones, como así también el compromiso del resto de su grupo familiar, quienes quedaron a disposición de las autoridades sanitarias.

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